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El Supremo mantiene su idea sobre la prescripción de delitos económicos

Publicado por
j.a.b. | madrid
León

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El Tribunal Supremo acordó ayer actuar de «presa» frente al criterio innovado por el Tribunal Constitucional respecto a la prescripción de los delitos económicos para anular la condena impuesta por el primero a los financieros Alberto Cortina y Alberto Alcocer en el llamado caso Urbanor y que, según los expertos, «abría la puerta» a la comisión de este tipo de ilícitos al dificultar sobremanera su persecución en la práctica. De esta forma, mantendrá la jurisprudencia seguida desde años por la primera instancia jurisdiccional del país en todos los órdenes, una función consagrada en la propia Carta Magna como recordaron los magistrados. El que parece haberla «olvidado», o al menos así lo creen los miembros de la Sala de lo Penal del alto tribunal -reunidos por la mañana durante más de tres horas para analizar las consecuencias de ese polémico fallo- es el propio Constitucional que, según ellos, «ha vaciado de contenido» el artículo 123 de la misma, donde se establece la preponderancia del Supremo como primer órgano judicial, «salvo en lo dispuesto en materia de garantías jurisdiccionales». Este, insisten, no era el caso de los «Albertos», donde lo que se ha hecho es «interpretar la legalidad ordinaria», una cuestión que quedaría vedada al TC que «no es ni una tercera instancia revisora ni tampoco una instancia casacional», como reconocen desde este último órgano. Y es que ni siquiera parece existir unanimidad en el Constitucional a la hora de apoyar esta posible invasión competencial, puesto que la doctrina de su Sala Primera no coincide con la innovada por la Segunda en el caso de los Albertos, que incluso contó con un voto discrepante donde se advertía de los «efectos indeseados» que podía provocar en el sistema judicial, «convirtiendo una garantía a favor del reo en instrumento, o al menos causa involuntaria, de impunidad de las infracciones penales, propiciándose su prescripción». Para evitar esas consecuencias negativas, el Supremo ha decidido ratificar con todas sus consecuencias su criterio anterior, fijado en sendas reuniones de la sala general el 12 de mayo de 2005 y el 25 de abril de 2006. Se pone así punto y seguido a cuatro años de enfrentamientos entre los dos órganos judiciales más importantes del país, si bien en esta ocasión la novedad es que el propio fiscal general del Estado, Cándido Conde Pumpido, había tomado partida por el Tribunal Supremo.