El Constitucional avala que ayuden a su renovación las autonomías
La posibilidad de que los parlamentos autonómicos propongan candidatos para ocupar unan plaza de magistrado en el Tribunal Constitucional no merma, limita o invade las competencias que la carta magna atribuye al Senado para la elección de un tercio de los miembros de esta corte, según la sentencia difundida ayer que rechaza el recurso presentado por el PP contra. Ya era conocido que el recurso popular contra la nueva ley que reforma el Tribunal Constitucional había sido rechazado por cinco votos de magistrados tildados de progresistas frente al de tres considerados conservadores. El contenido de la sentencia aclara que el nuevo papel de los parlamentos autonómicos se limita a proponer un máximo de dos candidatos para renovar el Constitucional y que es el pleno del Senado quien designará a los cuatro magistrados de entre estos 34 nombres.