Desahucian a una mujer separada que vivía en un piso de sus suegros
El Tribunal Supremo ha ordenado el desalojo de una mujer separada y sus dos hijos menores de la casa donde vivían, propiedad de sus antiguos suegros, al entender que tras la ruptura de su matrimonio ha desaparecido el uso al que se destinó la vivienda, en este caso para que la pareja constituyera el hogar familiar. La Sala de lo civil del alto tribunal ha estimado así el recurso presentado por los dueños de la casa, Rafael P.S. y Mª del Carmen M. S., con residencia en Alcoy (Alicante), que prestaron de forma gratuita el piso a su hijo y a su entonces esposa, Francisca A. P., donde vivían con sus hijos hasta que éstos se separaron y ella se quedó con la custodia de los vástagos y la vivienda conyugal. Los ex suegros acudieron a los tribunales para exigir el desahucio. Sin embargo, éste fue rechazado en primera instancia y en apelación por la Audiencia de Alicante, que alegó que el préstamo de la vivienda se realizó sin contrato alguno y sólo cuando la pareja contara con los recursos suficientes para adquirir otra nueva o en caso de que surgiese una situación de necesidad. Como los demandantes no justificaron esta circunstancia, la Audiencia resolvió que su actuación era contraria a la buena fe. Pero la batalla judicial no acabó ahí y los suegros recurrieron al Tribunal Supremo, que ahora ha sentenciado que la mujer separada ocupaba la casa en situación de precario, por lo que el propietario está legitimado para reclamarla a su voluntad. Y como la voluntad era la constitución del hogar familiar y ésta se rompió cuando se separó la pareja, el alto tribunal considera que Francisca A. P debe de desalojar el piso junto a sus dos hijos menores.