Deniegan una prestación extraordinaria como víctima a Pilar Manjón
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado denegar a la presidenta de la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo, Pilar Manjón, una prestación extraordinaria por acto terrorista al estimar que entre los beneficiarios de ésta no se incluyen «las víctimas no directas». Así lo ha acordado la sala de lo social del TSJM en una sentencia, en la que desestima el recurso que Manjón interpuso contra la dictada por el juzgado de lo social 33 de Madrid. El juzgado de lo social concluyó que Manjón «no es víctima de un acto terrorista en el sentido jurídico, sino que es beneficiaria de la prestación ordinaria de incapacidad permanente absoluta, con cargo al Régimen General de la Seguridad Social». Según el TSJM, el legislador ha querido establecer unas prestaciones extraordinarias a la Seguridad Social que correspondan sólo a las víctimas directas.