Cerrar

La Sala de lo Penal ratifica la condena a dos independentistas catalanes por injurias a la Corona

La Audiencia Nacional confirma que quemar fotos del Rey constituye delito

Un juez absolvió a un grupo que hizo lo mismo en solidaridad con los condenados

Juicio a los 16 jóvenes que fueron absueltos por quemar fotos del Rey

Publicado por
Mateo Balín - madrid
León

Creado:

Actualizado:

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional confirmó ayer que quemar fotos del Rey es un delito de injurias a la Corona. Los magistrados ratificaron, por diez votos a favor y seis en contra, la sentencia que condenó a los independentistas catalanes Jaume Roura y Enric Stern al pago de una multa de 2.700 euros por prender una foto de la familia real durante un acto de protesta en Gerona en septiembre del año pasado. La decisión de la sala llega una semana después de la absolución decidida por un juez del mismo tribunal de otros 16 jóvenes independentistas catalanes que quemaron fotos de los Reyes durante un acto público convocado por la organización Alerta Solidaria para respaldar a los dos primeros acusados. La Fiscalía de la Audiencia Nacional pidió en un primer momento que los 16 acusados fueran condenados por injurias a la Corona, pero en la vista oral cambió de criterio y rebajó los hechos delictivos a una mera falta por alteración del orden público. El propio juez calificó esta decisión de «incomprensible» y decidió que prefería absolverlos pues se trataba, según él, de «un delito de injuria a la corona o nada», pese a que todos los imputados reconocieron los hechos. Justificación El Ministerio Público justificó su posición asegurando que, a diferencia de Roura y Stern, en la actitud de aquellos no existía ánimo de injuriar al Rey, sino sólo la intención de protestar de forma pacífica contra la condena de sus compañeros. En cambio, el juez estableció que estos, pese a que la Constitución reconoce el derecho a la libertad de expresión y a la participación política, pretendieron menoscabar la dignidad de la Corona al «abusar de los derechos» que les corresponden. El propio fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, explicó ayer durante su comparecencia en la comisión de Justicia del Congreso la razón del cambio de criterio del Ministerio Público. Aseguró que «cada caso se analiza de forma individual, autónoma» y que, de todos modos, la actitud de los condenados fue penalmente más grave que la de los absueltos, que, de forma objetiva, actuaron en solidaridad con los primeros.

Cargando contenidos...