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Un mes sin pagar el alquiler podrá ser causa de desahucio

El Supremo acepta la agilidad en los casos en los que existe demanda previa por impago

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| madrid
León

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Un segundo retraso en el pago del alquiler después de que el inquilino ya haya sido demandado justifica el desahucio, siempre que el contrato de arrendamiento estipule el plazo máximo de pago, según una sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.

El tribunal establece que, en los casos de demanda previa por impago, el inquilino ya no podrá gozar de la posibilidad de «enervar la acción de desahucio», porque el mero retraso en el pago se entenderá como «incumplimiento pleno de sus obligaciones» y no podrá evitar el desahucio.

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