Diario de León

El Tribunal Supremo anula la condena al asesino y violador de las policías leonesas

Dictamina que el caso deberá ser juzgado de nuevo a través del sistema del Tribunal del Jurado Popular

Pedro Jiménez, condenado como autor del crimen de Bellvitge, instantes después de ser detenido (imag

Pedro Jiménez, condenado como autor del crimen de Bellvitge, instantes después de ser detenido (imag

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El Tribunal Supremo ha resuelto de forma favorable a los intereses de la defensa un recurso de casación presentado por el letrado de Pedro Jiménez, el individuo condenado por la violación y asesinato de Aurora Rodríguez y Silvia Nogaledo, dos jóvenes policías leonesas en prácticas que perdieron la vida a manos del imputado en L-™Hospitalet de Llobregat (Barcelona) el 6 de octubre del 2004.

La sentencia deja sin efecto la condena a 83 años de cárcel que le había impuesto la Audiencia Provincial de Barcelona, que lo había considerado culpable de dos delitos de asesinato, agresión sexual, violación de domicilio, robo con violencia, incendio y profanación de cadáver.

Vista la determinación adoptada por el Alto Tribunal, el caso deberá ser juzgado de nuevo, esta vez a través de un jurado popular, aunque el condenado permanecerá en prisión como mínimo hasta el año 2021 cumpliendo la pena que se le había impuesto por otras causas.

Prevalece el asesinato. Aunque de momento la sentencia no se ha hecho pública, fuentes consultadas por este periódico han coincidido en señalar que el motivo que seguramente habrá aducido el Supremo para anular la sentencia será que los delitos principales que se juzgan son asesinatos, asuntos de los que conoce el Tribunal del Jurado según la Ley del Jurado Popular.

No obstante, la sección sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona entendió en su día que al tratarse de varios delitos unidos en un caso único, procedía que fuesen Magistrados profesionales quienes juzgasen el caso, en lugar de los ciudadanos que conforman un Jurado Popular.

Ahora, el Tribunal Supremo deberá decidir hasta qué momento procesal se retrotrae el procedimiento, que se inició en el juzgado barcelonés de L-™Hospitalet de Llobregat al haber sido cometidos los delitos en el barrio de Bellvitge.

Reacción de la Fiscalía. La Fiscalía Superior de Cataluña emitió ayer un comunicado en el que advierte que redactará un nuevo escrito de acusación adaptado a las exigencias y particularidades propias del Tribunal del Jurado. También señala que se acata la sentencia aunque se ejercitarán las acciones pertinentes.

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