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León

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{PROVINCIAS LEONESAS} 1833-2012 Francisco Iglesias Carreño prepalszl@gmail.com 29/11/2012El día 30 de noviembre, todos los años, se cumple el aniversario, ¿feliz aniversario?, de nuestras tres provincias leonesas -.-desde esa igualdad de la leoneseidad-.-, y, en este año, es su 179 cumpleaños, que lo es para, y como tales y tan concretas provincias, a las demarcaciones/territorios/denominaciones de: Salamanca, Zamora y León.A partir del día 30-11-1833, y por división triprovincial del Reino Leonés, figuran, sobre el papel jurídico y su asunción social, las estructuras/administraciones/ámbitos territoriales provinciales de Salamanca, Zamora y León, y tal situación ha estado conformando, de forma total, la vida/actividad/relación diaria de sus habitantes/electores durante estos 179 años.Hemos indicado (29-11-2008) que: “El inicio conocido de la provincialización de la España Nación, con el Real Decreto de Javier de Burgos, en el Gobierno Regente de la Reina Consorte Maria Cristina , durante la minoría de edad de Isabel II, plasmo en el Siglo XIX la fecha del 30-noviembre-1833, como el comienzo de una situación administrativa, no exenta de alta inestabilidad, pero que, por diversas hechos y circunstancias, quedo plasmada en una fijación “cuasi” permanente”, pero debemos añadir, y añadimos, que esta impronta administrativa, es oficiada para beneficio gubernamental y, de ella, surgen implicaciones que interaccionan la situación ambiental cotidiana desarrollada en adscripciones antropológicas diferenciadas.El Artículo 2 del Real Decreto de 30-11-1833 , que es sumamente explícito, nos abunda/ubica/referencia en un hacer global, cual es la generalización provincial de la España Nación , con la letra detallada/directa/concreta de la siguiente conformación y especificidad: “““Artículo 2. La Andalucía, que comprende los reinos de Córdoba, Granada, Jaén y Sevilla, se divide en las ocho provincias siguientes: Córdoba, Jaén, Granada, Almería, Málaga, Sevilla, Cádiz y Huelva. El de Aragón se divide en tres provincias, a saber: Zaragoza, Huesca y Teruel. El principado de Asturias forma la provincia de Oviedo. Castilla la Nueva continúa dividida en las cinco provincias de Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca y Guadalajara. Castilla la Vieja se divide en ocho provincias, a saber: Burgos, Valladolid, Palencia, Ávila, Segovia, Soria, Logroño y Santander. Cataluña se divide en cuatro provincias: Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona. Extremadura se divide en las de Badajoz y Cáceres. El reino de León en las de León, Salamanca y Zamora. El de Murcia en las de Albacete y Murcia. El de Valencia en las de Valencia, Castellón de la Plana y Alicante. Pamplona, Vitoria, Bilbao y San Sebastián son las capitales de las provincias de Navarra, Álava, Vizcaya y Guipúzcoa. Palma la de las Islas Baleares. Santa Cruz de Tenerife la de las Islas Canarias.”””.Con ello vemos que las provincias leonesas y las otras provincias, tienen, todas ellas, una decisión común origen, y por tanto, cuando al resto de las provincias españolas las enlazamos en el todo referencial próximo, igual tiene que ocurrir con las tres provincias leonesas .Decir de Cáceres y Badajoz, es hablar de Extremadura, como decir de Zaragoza, Huesca y Teruel es hablar del Reino Aragonés, y, por ende, decir de Salamanca, Zamora y León es hablar del Reino Leonés. Pero además añadimos que la Constitución Española, en todo su articulado no señala que tales Regiones de la España Nación ( y sus correspondientes provincias) deban ser alteras en modo/manera/situación alguno. Estas nuestras Regiones Históricas son, todas ellas, el sujeto activo del Artículo 2 de la Constitución Española de 1978 (6-12-1978) y ello les aporta sus respectivos derechos constitucionales.Las provincias que cumplen 179 años el día 30-11-2008, no solo hacen ellas tal cumpleaños, ya que, en lo que se refiere a esa formalización como demarcación geográfica que las engloba, esta su referente regional, como Región Histórica, que las une indisolublemente. Así de las Regiones Históricas de: Cataluña ( con 4 provincias), Andalucía (con 8 provincias), Reino Valenciano(con 3 provincias), Reino Leonés (con 3 provincias), Galicia (con 4 provincias),etc., también hacemos su 179 efemérides, y lo hacemos en atribución a la demarcación /fijación territorial de 1833 aunque sus nombres históricos nos lleven a otra s situaciones y ambientes anteriores que, en buena lógica, se corresponde con otra distribución territorial.Estas nuestras Regiones Históricas, todas y cada una de ellas, y sus provincias correspondientes han quedado constitucionalizadas ya en España,por “La Voluntad Soberana d ela Nación Española” ,en dos ocasiones, primero con la Constitución Republicana de 1931 y segundo con la Constitución Monárquica de 1978-.- además de un cierta ligazón con La Pepa (19-3-1812)-.-.Las dos Constituciones asumieron al completo, sin excepción alguna,a las Regiones Históricas del Real Decreto de 30-11-1833 y, a la vez, las provincias que componían cada una de ellas, es más, aún con el ínterin que entre ambas supuso la Dictadura de Franco Bahamonde, se mantuvieron, a todos los efectos jurídicos, tanto las Regiones Históricas como las correspondientes provincias que las componían. Estamos hablando de la Voluntad Soberana de la Nación Española y no, y nunca, de acuerdos coyunturales de presunta/caduca/infumable oportunidad política (léase los de 31-7-1981)Estamos nosotros: los leoneses, en ese nuestro mundo de la leoneseidad que es, ¡siempre ha sido!, el País Leonés..