Diario de León

31-7-1981 Madrid acuerdo político [2]

Publicado por
León

Creado:

Actualizado:

31-7-1981 MADRID ACUERDO POLÍTICO Francisco Iglesias Carreño * El 31-7-1981 se da, desde Madrid, difusión [hablamos de una difusión a nivel de 1981, a cinco meses del 23-F de unos textos que citan la palabra “autonomía”] a un acuerdo entre el minoritario Gobierno del Reino de España de la UCD [en el mandato como Presidente de Gobierno del ciudadano Calvo Sotelo y Bustelo ( D. Leopoldo) ] y el PSOE [en la Secretaria General del ciudadano González Márquez (D. Felipe)], denominado ACUERDOS PRE-AUTONÓMICOS, por el cual {cuando ya en vigencia la Constitución Española´1978 desde el 29-12-1978} se establece un nuevo mapa territorial (que obviamente, por ser nuevo, no estaba antes y, claro esta, no lo estuvo en el momento de votarse en referéndum el texto constitucional el 6-12-1978) en el que, manteniendo los mismos municipios ( con su mapa municipal) y las mismas provincias (con su mapa provincial), a varias de estas últimas se las trastocan en su adscripción regional constitucional [ tanto de 1931 como de 1978, y en su global demarcación de 19-3-1812 (LA PEPA)], cuando ya lleva en vigor tres años el texto de la Constitución Española [ de 6-12-1978, en vigor desde el 29-12-1978]. El acuerdo político, que asumen UCD+PSOE, del 31-7-1981, retira/quita/suprime, con imposición manifiesta en nuestro criterio político, a las regiones históricas y constitucionales, en su territorio/mapa regional, de: Reino de Murcia, Castilla La Nueva, Castilla La Vieja y Reino de León, y lo hacen, en nuestro criterio político, sin tener, en cuenta su libre voluntariedad democrática {los ciudadanos de tales Regiones de la España Nación no fueron democráticamente consultados}.Esta imposición del acuerdo (Gobierno UCD +PSOE)de 31-7-1981, que no está sometida a referéndum, en la vía práctica dicta un procedimiento operativo a seguir en la escala de la jerarquía (véanse referencias municipales de los llamados procesos de adhesión preautonómicos) de los grupos políticos de UCD y PSOE, conducente a una reconversión territorial de nuevo cuño que, desde la negación del histórico y constitucional mapa regional de España, desnaturaliza, en nuestro criterio, el ser y el estar de la España Nación constitucional de 1978, dando paso a un acuerdo/imposición/dictado político. La libre voluntariedad democrática esta ligada umbilicalmente al hecho constitucional autonómico regional para , en atención al Articulo 2 de la Constitución Española (que es la llave del Título VIII), pasar de la existencia territorial como regiones a, en aplicación del derecho constitucional de reconocimiento hecho el 6-12-1978, utilizar, en esa dicha voluntariedad, el derecho constitucional de garantía, [ respaldados ambos, que no se olvide, y formulados por la Voluntad Soberna de la Nación Española], de ser Comunidades Autónomas, y en su lugar, ese día del 31-7-1981 y por un acuerdo centralista establecido en Madrid entre UCD y PSOE, se impone unas nuevas inventadas demarcaciones territoriales que no existían en la fecha del 6-12—1978 [cuando tiene lugar la expresión de la LIBRE VOLUNTAD SOBERANA DE LA NACIÓN ESPAÑOLA en el referéndum constitucional]. Los Pueblos de la España Nación [citados en el Preámbulo del texto constitucional de 1978], en nuestro criterio político, han sido sometidos, en las Regiones Históricas de: Reino de Murcia, Castilla La Nueva, Castilla La Vieja y Reino de León, a una reconversión infumable, inadmisible y disparatada que choca frontalmente con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y, por ende, con el Articulo 10 de la Constitución Española. Sus identidades y hechos diferenciales, reconocidos, ¡como los de los demás!, en la fecha del 6-12-1978, no prosiguen después del 31-7-1981, como la hacen el del resto,¡amplio resto!, de los restantes Pueblos de la España Nación, que, ¡es público y notorio!, si lo hacen. La coyunturalidad política de la fecha del 31-7-1981 (¿quién, individuo o grupo, dijo en 1978 que se tenía que esperar a 1981 para hacer, y en Madrid, un tal acuerdo, que se inventara nuevos territorios?) debe dar paso, en nuestra opinión, a la prevalencia de las Regiones del 6-12-1978 y por ello, ¡y con ello!, a la plenitud de la Constitución Española. La pura racionalidad, ¡con la crisis hemos topado!, ya hace que se alumbren (véase 6-3-2013, Dr. Ramón Tomas; Fundación Transición Española) opciones en tal camino. Las cuatro regiones históricas y constitucionales del noroeste territorial de la España Nación que conforman la Corona Leonesa o sea: Extremadura+Reino Leonés+Galicia+Asturias, tienen que tener el mismo e idéntico tratamiento constitucional. No puede ser, ¡ no debe ser!, de otro modo. * Miembro del Instituto de Estudios Zamoranos Florián D´Ocampo Presidente PREPAL 30/07/2013 17:27:09

tracking