Situación de emergencia
LA SITUACION LEGAL DE EMERGENCIA POR DESASTRES NATURALES. Ante la preocupante situación producida por las nevadas de finales de enero y principios de febrero de 2015, situación que está llevando a casos de desasistencia por parte de las autoridades, con personas que llevan aisladas diez días en pueblos escondidos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, me parece importante empezar a movilizar la conciencia de la gente, para poder movilizar a las autoridades que hace tiempos se tenían que haber movilizado. No pretendo minusvalorar los servicios que la Guardia Civil, los voluntarios o los Agentes de Protección Civil está realizando. No pretendo crear alarma, pretendo crear ayuda para esas personas que están aisladas, que se les han agotado los alimentos básicos y que se les han agotado los medicamentos. Corresponde en primer lugar a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente movilizar los recursos disponibles, y si le falta pedir ayuda. Así se establece en la Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil (esta Ley es de todo el territorio nacional). Los servicios de protección dependen de la Consejería de Fomento, allí está la Agencia de Protección Civil. Y en la ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León (BOCyL, nº 70, 11 de abril de 2007 se establecen las competencias que no se están cumpliendo. Una vez más tenemos que ser los ciudadanos los que nos ponemos en marcha para solucionar los problemas que ellos no saben hacer. !! D. Juan José Vicente Herrera: Ponga usted orden en este desastre. ! Que para pedir el voto si suben los coches a los pueblos. Rafael Millán