La Escasez de recursos educativos repercute en la atención a la diversidad
El pasado 13 de septiembre solicité al colegio de mi hija, que tiene una DEA de lectoescritura, que me facilitasen vía correo electrónico la copia de sus exámenes de Inglés y de Science que realice durante el curso 2018-2019, con el objeto de estudiar los errores que cometía en los mismos y poder reforzar el trabajo que se hace en el colegio (lo que ya venían realizando el curso pasado, pero teníamos que ir a recogerlos a Secretaría, en el horario de atención al público). El centro ha obtenido la certificación del nivel 4 en la aplicación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), lo que implica que es un centro que integra, aplica, fomenta y usa las tecnologías de la información y de la comunicación en el desarrollo de su actividad, incluidas su gestión y administración diarias, y en sus relaciones con la comunidad educativa. Pero, parece ser que por motivos organizativos y de volumen del alumnado, tal y como se me comunica el día 25 de septiembre, el centro no puede dar cumplimiento a mi petición. Personalmente creo que representa prácticamente el mismo trabajo fotocopiar un documento que escanearlo y lo único a mayores que debe hacer el centro es enviarlo por correo electrónico, actividad que no ocupa más de 5 minutos. En un trimestre quizás tienen que escanear tres exámenes de Inglés y tres de Science (¡como mucho!, el curso pasado era un examen o dos por trimestre), lo que haciendo un cálculo aproximado representa la utilización de 30 minutos en tres meses. Efectivamente es un tiempo que la auxiliar administrativo tiene que dedicar a esta actividad y no a otras. Entendería que si tuviese que realizarse para todo el alumnado, los recursos disponibles actuales no serían suficientes y que la Administración educativa debería arbitrar otros mecanismos y recursos para dar cumplimiento a sus obligaciones administrativas y educativas. Pero no entiendo que siendo yo la única persona que lo ha solicitado se me deniegue por motivos de organización y volumen de alumnado. La Administración educativa dispone de toda la capacidad y autoridad para gestionar sus recursos, pero la falta o la mala organización de los mismos no debería repercutir en la prestación de un servicio ni en el cumplimiento de una obligación. Además, la Administración educativa tiene la obligación de facilitar el ejercicio de los derechos de la ciudadanía, (y no de ponerle trabas) así como el de cumplir con sus obligaciones con diligencia, y no utilizar “motivos de organización”, que no se especifican, como justificación para dificultar el ejercicio de un derecho. También, me gustaría recordar a esta Administración, que como interesada en el procedimiento tengo derecho a que me traten con respeto y con deferencia, y también a que el hecho de formular por escrito peticiones a la Administración educativa con anterioridad en la que expongo mis discrepancias con su actuación, no sea utilizado para recibir un trato “inapropiado”. Por todo ello, solicito a la Dirección Provincial que dote de los recursos necesarios, ya sean personales o de tipo organizativo, al CEIP Camino del Norte para que pueda cumplir sus obligaciones administrativas, facilitando el ejercicio de los derechos de las personas interesadas que se relacionan con el centro, y finalmente, pueda disponer de 30 minutos en todo un trimestre para facilitar las copias de los exámenes solicitadas por la interesada.