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Publicado por
el gallo
León

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El reglamento del Congreso de los Diputados dispone que «los diputados, en número no inferior a 15, podrán constituirse en grupo parlamentario. Podrán también los que habiendo obtenido un número de escaños no inferior a cinco y el 15% de los votos en las circunscripciones en que se hubieran presentado o el 5% en el conjunto de la nación». Las minorías nacionalistas no cumplen a menudo el requisito de haber obtenido el 15% en todas las circunscripciones (provincias) en que se han presentado. Pero en todos los casos hasta ahora, y con el aval a posteriori del Tribunal Constitucional, la mesa de la cámara ha actuado con flexibilidad y se les ha concedido el grupo a cambio de alguna condescendencia política. En definitiva, también nuestro parlamento cumple el adagio inmoral que tanto predicamento tiene en este país: «Hecha la ley, hecha la trampa». Si la norma no es justa ni pertinente, refórmese, pero no se retuerza más la legalidad a la vista de todos. De lo contrario, esta democracia seguirá siendo débil y enfermiza.