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EDITORIAL | Responsabilidad y garantía financiera frente a los daños medioambientales

Publicado por
León

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El BOE acaba de publicar la orden del Ministerio de Medio Ambiente por la que se establecen fechas y condiciones exigibles ante la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades sobre las que recaen responsabilidades en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales que puedan causar. La norma hace recomendable que todas las empresas que puedan causar cualquier tipo de deterioro al medioambiente constituyan esa garantía cuanto antes, porque podrían ser considerados culpables de los perjuicios causados y obligados a costear la reparación de esos daños. La orden, en el caso de la provincia, afecta por ejemplo a instalaciones relacionadas con el carbón, el tratamientos de materiales de construcción y aguas residuales, la producción de cemento, plantas químicas y biológicas, mataderos y, por supuesto, centros de reciclaje.

Se trata de preservar el derecho de los ciudadanos, recogido en la Constitución, a disfrutar de un medio ambiente adecuado como condición indispensable para el desarrollo de la persona, al tiempo que establece que quienes incumplan la obligación de utilizar racionalmente los recursos naturales y la de conservar la naturaleza estarán obligados a reparar el daño causado con independencia de las sanciones administrativas o penales que también correspondan. Derecho ciudadano que, con demasiada frecuencia, se vulnera con total impunidad para quienes no lo respetan y que han sido responsables de los más dañinos, tristes y recordados episodios ocurridos todavía recientemente.