El concierto económico
L a polémica política de los últimos días, orillando incluso las ocurrencias de Puigdemont, ha estado centrada en la aprobación por parte del Congreso de los Diputados de la ley del cupo vasco, que es la cantidad que debe de pagar el Gobierno Vasco a la Administración General del Estado por los servicios que esta presta en la Comunidad Autónoma Vasca. El punto de discusión ha estado formalmente centrado en cómo se ha llevado a cabo el cálculo de la cantidad resultante, ante la sospecha que el Gobierno Central ha sido benévolo en dicho cálculo por razones partidistas y políticas: necesita el apoyo del PNV para sacar adelante los presupuestos del próximo año.
Pero la citada polémica tiene otro motivo de fondo que de forma más o menos periódica aparece en el debate público y que no es otro que el considerar que el concierto económico del que gozan Álava, Vizcaya, Guipúzcoa y Navarra es, se mire por donde se mire, un privilegio y por ende, un motivo de agravio hacia el resto de Comunidades Autónomas. Para los no iniciados en la materia, convendrá recordar que el concierto económico es el instrumento jurídico que regula las relaciones financieras entre los territorios forales del País Vasco y Navarra con el Gobierno Central. El concierto hunde sus raíces en los derechos forales del siglo XIX y tras diversos avatares —Franco suspendió el concierto de Vizcaya y Guipúzcoa pero mantuvo el de Álava y Navarra— fue restituido por el Gobierno de Adolfo Suarez en 1981.
La Constitución en su disposición adicional primera dice textualmente que «ampara y resta los derechos históricos de los territorios forales». Es decir, se podrá considerar que el concierto económico del País Vasco y de Navarra es un privilegio, que lo es, pero también habrá que aceptar que es algo plenamente constitucional, que fue aprobado en su día, y que los que sean partidarios de su supresión o modificación, deberán hacerlo a través del consiguiente cambio del texto constitucional.
Es cierto que a raíz del clima social y político generado por el proceso independentista en Cataluña, ha habido una reacción en la ciudadanía española que puede llevar a crear las condiciones para que cosas que hasta ahora se consideraban intocables —el concierto económico es una de ellas— puedan ser cuestionadas y replanteadas. Si eso se hace por los cauces legales previstos no habrá nada que objetar. Pero habrá que sopesar también que uno de los motivos por el que el nacionalismo vasco aceptó entrar en el marco constitucional en 1978 fue precisamente el de la recuperación del concierto económico para las provincias a las que Franco se lo había quitado. Como muchas cosas en la vida, todo tiene sus pros y sus contras. Corresponde a los gobernantes y a los partidos políticos sopesar unos y otros.