Contra la prisión permanente
S e entiende, claro que se entiende que dos millones de españoles hayan firmado a favor de mantener la prisión permanente revisable, que aprobó el PP en 2015 y que ahora va a ampliar a otros delitos. Se comprende que los padres de Diana Quer y otros que han sufrido la violencia criminal de algunos delincuentes pidan que se mantenga. Esos crímenes nos conmovieron a todos. Pero también hay muchas razones para pedir la derogación de esa pena y rechazar el populismo partidista punitivo que, para ganar espacio político frente a rivales, apuesta solo por la seguridad o por un aprovechamiento o electoral de un dolor terrible
Es, también, un problema de desinformación social y un desinterés general porque haya un verdadero debate sobre este tema. Seguramente poca gente sabe que España tiene uno de los índices de delincuencia más bajos de Europa —no ya en delitos leves, sino, por ejemplo, en homicidios— y una de las mayores poblaciones reclusas con períodos de estancia media en prisión que triplican las de otras democracias europeas. O que el Código Penal vigente permite el cumplimiento efectivo de penas de hasta 40 años. O que cuando se ha informado de que el mantenimiento de un delincuente en la cárcel nos cuesta 30.000 euros al año, algunos de los que están a favor de esta cadena perpetua de hecho han dicho que, entonces, mejor no, que ellos no quieren pagar eso. Casi todos desconocen que un 25% de la población reclusa tiene graves problemas de salud mental y que, en la mayor parte de los casos, eso es producto de la prisión y de la falta de medios para lo que marca la Constitución y nos debería interesar a todos que es la reinserción de los que delinquen.
Y, además, la mal llamada prisión permanente revisable —si es permanente no puede ser revisable— es, en opinión de muchos inconstitucional. Es contraria a los artículos 10, 15 y 25 y ha sido recurrida ante el Tribunal Constitucional que, como casi siempre, tarda demasiado en pronunciarse. La Constitución establece que las penas privativas de libertad se han de orientar a la reeducación y reinserción social de los penados y por tanto, toda pena que no cumpla este requisito atenta contra la dignidad de la persona y contra la Carta Magna que repudia cualquier trato degradante e inhumano.
Al menos habría que esperar hasta que se pronuncie el TC: Aprovechar la alarma social por hechos repulsivos y tan graves no justifica un endurecimiento de las penas. Tal vez deberíamos reclamar estudios y medios de verdad para que alguien que ha cometido un delito sea resocializado de verdad. Preferimos apostar por encerrarlos para siempre. Es como volver al ojo por ojo. Ni el Estado ni los ciudadanos tienen derecho a arrebatar a nadie ni su vida ni su total libertad. Al menos hay que reflexionar sobre ello.