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Publicado por
Isidoro Álvarez Sacristán De la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación
León

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E n la medalla-emblema de la Asociación Vasca de Amigos del Derecho (Zuzenbidearen Lagunen Euskal Elkartea), bordea una leyenda que dice: «Donde hay sociedad hay derecho»; antigua expresión latina, «ubi societas ibi ius». Bien claro ha quedado en el devenir de la historia que el hombre, como ser social, se rige por normas: por el Derecho. Una vez que este falla, desaparece la unidad —o diversidad— social y los hombres se apoyan en egoísmos, en sentimientos, en venganzas, en desafíos, en insolidaridad, en deslealtades, etc. Se distancia en extremos, entre el todo o ls nada; y como diría Unamuno «la razón, la cabeza, nos dice ¡nada!; la imaginación, el corazón, nos dice ¡todo!» (La ideocracia, 253)

Ante esta disyuntiva irrumpen las relaciones jurídicas, esto es, el Derecho. No es lo mismo que la justicia pero es un medio necesario para alcanzar ésta de manera que, a través del derecho, se consigue la Justicia, así con mayúscula. Y para evitar que la sociedad se sitúe entre el todo y la nada unamuniana, nuestra Constitución, en su primera frase, ya nos dice que España se constituye en un Estado social y democrático de ¡Derecho!». Por este camino han de ir las relaciones de los connacionales para cumplir el adagio romano y, entonces habrá, en efecto, ¡Sociedad!

Pero a pesar de que, tal como están estructuradas las normas del Derecho, a través de lo que se ha llamado el «imperio de la ley», existen desavenencias entre los hombres y entre el sentimiento de su territorio. Planteadas estas controversias —que son jurídicas, esto es, merecedoras del Derecho— aparecen los políticos y dicen que «es un problema político» y que ha de resolverse políticamente. (Bueno, no hay que confundir la organización de la sociedad a través de la política —que sin el Derecho no sería nada— y otra convertir toda la relación en política). Tenemos claro que las controversias, la conculcación de los derechos o la insumisión, incumplimiento de normas o sentencias de los tribunales, no se pueden resolver a través de decisiones políticas. Sería tanto como marginar a un poder del Estado en nombre del Ejecutivo —poder político al fin—. En definitiva, una situación en la que se vulnere el Derecho, o no se cumplan las sentencias, debe de restituirse a través del mismo derecho que se conculcó y no a través de la política que es otro poder el Estado y que se ocupa de otros menesteres.

Se margina y se orilla al Derecho, con la consecuencia de que no se hace justicia. O lo que es peor, políticamente se hace uso alternativo del derecho. Muy común en la ideología marxista, que trata de aplicar la norma según el color ideológico de la ilegalidad. Se trata de una teoría de la izquierda política según la cual la norma —el Derecho— se ha de utilizar instrumentalmente, no en la lógica del ordenamiento jurídico, ni a través del Derecho —como imperio— sino según la voluntad política que lo sostiene. Y no es nada antiguo, lo henos oído en estos días en boca de catedráticos de Derecho Penal, al sostener que el uso del derecho penal ha de ser «alternativo».

Es muy común —como ya comentamos en otra ocasión— el caso de un asesino que dice: «He matado a tu padre. Ahora vamos a dialogar políticamente». El diccionario de la RAE define al diálogo como «Plática entre dos o más personas que alternativamente manifiestan sus ideas o afecto». Las sinónimas pueden ser: conversación, debate, charla, etc. También se dice en la RAE lo que es «diálogo de besugos», como «conversación sin coherencia lógica». De tal manera que cuando se apela al diálogo, se debe de iniciar con una lógica y, en caso de hacerlo sobre situaciones que afectan a lo jurídico —aunque sea en lo político— debe de responder a un razonamiento dentro del mundo del derecho, sin contaminaciones espurias, sin presiones sociológicas o de algaradas, Y sobre todo que presida la conversación el mundo de la Ley. Si ello no ocurriera se llegaría a pactos o conclusiones que recorrerían los extramuros del Derecho. O lo que es lo mismo, dañaría de muerte el Derecho y con ello, la convivencia social.

Desde Platón a David Bohm, se ha propuesto el diálogo como relación de las personas, pero lo que nunca han dicho es que las peripecias de un dialogo se salten la Ley y que las posiciones de las propuestas se desvíen del Derecho (directum). Resultando que el derecho por el que se han regido se queda en los cenagales de las relaciones insociables, es decir fuera de la societas.

Llega a la conclusión Bohm que «el diálogo explora un aspecto amplio de la experiencia humana, desde la percepción de los valores, hasta los factores emocionales».

Pero hemos de decir, que si la política es el conjunto de ideologías y de sentimientos, la discusión o diálogo para las cuestiones jurídicas, solamente debe de estar presidido por el Derecho. Alejarlo de la conversación, se convierte ésta en emociones que casi siempre terminan en disputas, y en agresiones o en enemistades. El Derecho es permanente hasta que se cambie por decisión democrática; si esto no ocurre y si se canjea por medio de un diálogo político, estaríamos ante el totalitarismo de unas minorías extrañas al Derecho, por muy moderno que parezca.

Ya lo comentaba Ortega: «El moderno cree que puede suprimir realidades y construir el mundo a su gusto, en nombre de una idea» (En torno a Galileo, 202). Si eso fuera así, desaparecería el Derecho como fundamento de la Constitución.