Diario de León

TRIBUNA

Las cajas de ahorros durante el franquismo

Publicado por
Luis-Ángel Alonso Saravia Exempleado de Caja España
León

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C uando hablamos de las cajas de ahorros españolas durante el franquismo nos referimos al periodo que se extiende desde el 1 de abril de 1939, fecha en la que se difunde el último parte de la guerra civil española con el que se anunciaba el final de la contienda, hasta el 20 de noviembre de 1975, cuando se hace público el fallecimiento del, hasta entonces jefe del Estado, General Francisco Franco.

Si desde la publicación de la Real Orden de 3 de abril de 1835, hasta la aparición del Real Decreto Ley de 9 de abril de 1926, las cajas se caracterizaron por su función vinculada a la beneficencia, a partir de la promulgación del referido RDL, las cajas son identificadas como entidades benéfico-sociales. En ello insistiría el Estatuto Especial de las Cajas de Ahorro Popular de 1929, y lo precisaría aún más el Estatuto para las Cajas Generales de Ahorro Popular de 1933 al regular definitivamente la obra benéfico-social.

Durante la guerra civil, los dirigentes de las cajas ubicadas en territorio nacional habían intentado modificar las normas reguladoras a fin de refundirlas en un solo texto normativo, pasar su doble dependencia de los ministerios de Hacienda y Trabajo a este último, e incorporar un reglamento de inspección. Pero los pretendidos cambios no se llevaron a efecto. Finalizada la guerra, dirigentes de las cajas y responsables políticos coincidieron en la necesidad de reformar su marco regulador, aunque con intereses distintos. Mientras que los primeros buscaban su fortalecimiento y expansión, el nuevo Gobierno pretendía convertirlas en instrumento de sus políticas económicas, financieras y sociales. Cinco fueron los proyectos de reformas intervencionistas.

El primer proyecto llevaba fecha 8 de agosto de 1939 al plantear el Ministerio de Trabajo fusionar la Confederación con el Instituto de Crédito de las Cajas de Ahorros (ICCA), crear el Consejo Superior de Cajas de Ahorros (CSCA), sustituir los estatutos particulares por unas normas generales sobre su organización y gestión, y redefinir a las cajas como entidades de fundación benéfica, lo que suponía volver a una concepción anterior a la de 1926, pero la propuesta no salió adelante. Nombrado José Antonio Girón, en mayo de 1941, Ministro de Trabajo, se empezó a diseñar un segundo proyecto de Ordenanza del Ahorro que sería aparcada a finales de 1942 debido a los recelos de los dirigentes de las cajas hacia las nuevas autoridades del Ministerio. Sin embargo, pronto se constituyó una comisión para seguir trabajando sobre un tercer proyecto, que en la versión presentada planteaba la desaparición de la Confederación, cuyas funciones se asignaban al ICCA, la creación del Consejo General del Ahorro (CGA) que, como instrumento de control de las cajas, sería presidido por el propio ministro, integrar obligatoriamente a todas las cajas en federaciones y desarrollar un gran plan de acción benéfico-social. El proyecto sería considerado contrario a los intereses de las cajas, por lo que sus dirigentes pidieron que no se aprobase. No obstante, el ministro lo presentó y defendió como proyecto de ley en la Cortes el 22 de noviembre de 1944, pero las modificaciones introducidas al pasar de la Comisión de Trabajo a la de Hacienda forzarían su retirada.

Empeñado Girón por reglamentar y controlar las cajas, el Ministerio de Trabajo publicó, sin contar con ellas, el Decreto de 6 de junio de 1947, que se convertiría en el cuarto proyecto. Su intervencionismo provocó tal indignación en sus dirigentes que el ministro se vio obligado a dictar el 17 de octubre un nuevo Decreto que derogaba el de junio. Surgiría así un quinto proyecto que, aun atentando contra la autonomía de las cajas, suprimía aspectos del anterior y reconocía la vigencia del Estatuto de 1933 en lo referente a su obra social, a la que tenían que destinar el 85% de los beneficios que no fuesen al fondo de reserva y el 15% restante ponerlo a disposición del Ministerio de Trabajo para obras benéfico-sociales de interés nacional.

El intervencionismo del Gobierno se acentuaría con la aprobación del decreto de los ministerios de Hacienda y Trabajo de 9 de marzo de 1951 con el que se regulaban los coeficientes de inversiones obligatorias. Se establecía que el 60%, como mínimo, de los recursos totales de las cajas habrían de invertirse en fondos públicos admitidos a cotización oficial. En 1959 los coeficientes se aumentaron al 65%, convirtiéndose la deuda pública en la gran protagonista de las inversiones, y en 1964 el Gobierno redujo la inversión en valores al 50%, pero creó otro coeficiente de inversión en préstamos sociales del 30%, el cual se mantendría vigente hasta 1977.

Por otra parte, en 1957 se sustituyó el protectorado del Ministerio de Trabajo por el de Hacienda mediante Decreto de 26 de julio. Y en 1962, con la publicación de la Ley de Bases de Ordenación del Crédito y de la Banca de 14 de abril, se inició un proceso de reorganización de la autoridad monetaria y crediticia a través del Banco de España y el ICCA, se reguló y distinguió entre banca comercial, industrial y mixta, se reestructuró el ICCA para convertirlo en instrumento de la acción del Gobierno sobre ellas, y se reformaron y ampliaron sus operaciones y funciones para aproximarlas a las de los bancos.

Este periodo de 36 años se caracterizó por el alto intervencionismo impuesto por los distintos gobiernos de Franco en la administración y gestión de las cajas, por su consolidación y expansión a través de la apertura de sucursales y agencias, así como por la creación, ahora en número reducido, de nuevas cajas de ahorros. Durante este periodo se fundaron, en lo que es la actual Comunidad de Castilla y León, la Caja de Ahorros Provincial de Valladolid (1940) y la Caja de Ahorros Provincial de Zamora (1965).

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