TRIBUNA
La mujer y la Constitución Europea
LAS ESPAÑOLAS le debemos a nuestra entrada en la Comunidad europea a partir de 1986 las primeras políticas de igualdad puestas en marcha en nuestro país; gracias al impulso que desde la comisión europea se ejercía para que los Estados miembros avanzaran corrigiendo las desigualdades de género se aprobaron los primeros planes de igualdad y se creó en nuestro país el Primer Instituto de la mujer. Así en España pudimos adaptar los planes europeos de igualdad entre hombres y mujeres a nuestra propia realidad y compartir con el resto de socios, ideas, proyectos, formación y redes de apoyo a las organizaciones de mujeres. Las políticas de igualdad ocupan un lugar muy destacado en la agenda comunitaria y los países más avanzados tanto política como económicamente, que suelen ser los del Norte de Europa, consideran que no puede haber una democracia plena sin conseguir la igualdad real entre el hombre y la mujer. No obstante tenemos que reconocer que ésta igualdad real constituye un objetivo que no ha sido alcanzado en la totalidad de nuestra Unión Europea. En Europa, si la hora masculina vale 100 la femenina se paga a 85 como máximo eso sin contar otros conceptos salariales que no aparecen en las estadísticas. La discriminación retributiva que sufren las europeas prohibida por todas las normas comunitarias y por todas las leyes nacionales de los países miembros, no sólo persiste sino que además en algunos países como en España está aumentando, ya que el salario medio de una española es un 39% inferior al del hombre y en algunos casos la distancia puede ser de un 50% en el sector privado según informes que maneja Bruselas. Los hombres ganan más siempre, a pesar de que la proporción de mujeres altamente cualificadas en el mercado laboral suele ser superior a la de los hombres. Los empleadores suelen alegar además de una menor dedicación de las mujeres al empleo una menor preparación. Pero las estadísticas dicen lo contrario ya que la discriminación se mantiene incluso entre las jóvenes más preparadas. El Informe de Juventud en España 2004 constata que el salario neto de las mujeres de 15 a 19 años es un 27% inferior al de los hombres en esa misma franja de edad. El 59 % de los licenciados españoles en la Universidad Pública son mujeres, pero el porcentaje de Catedráticas se hunde hasta el 12,8 %. El prejuicio no es monopolio de los hombres pues ellas justifican en ocasiones que el salario principal es el del hombre mientras que el de la mujer es un suplemento. Este «abismo salarial», como así lo califica el Parlamento Europeo, tiene aún más difícil solución si se tiene en cuenta la falta de interés por resolver este asunto ya que no es el prioritario en las agendas políticas y por este hecho España, Bélgica, Francia y Portugal han aumentado la discriminación. La Constitución Europea recoge en su art 11-83. «La igualdad entre mujeres y hombres deberá garantizarse en todos los ámbitos inclusive en materia de empleo, trabajo y retribución. El Principio de Igualdad no impide el mantenimiento o la adopción de medidas que supongan ventajas concretas a favor del sexo no representado». En este artículo, aunque correcto desde un punto de vista formal, se echan de menos disposiciones adicionales que se acompañan por ejemplo en los capítulos dedicados a la política económica, con sus sanciones correspondientes, comisiones creadas a tal fin, etcétera... Supone así una buena declaración de intenciones pero con muy poca eficacia en la práctica. La Unión Europea debe pues comprometerse a reducir las disparidades salariales, establecer sanciones o penalizaciones en caso de incumplimiento y sobre todo a facilitar la compatibilización de la vida laboral y familiar, recomendando adaptar el mercado laboral a las necesidades de la mujer con horarios más flexibles, lo cual aumentaría la tasa de ocupación y mejoraría la eficacia laboral todo ello constituiría una auténtica organización nueva de trabajo que redundaría no sólo en beneficio de la mujer, sino también en el de la economía en su conjunto. Creo que la falta de concreción con la que se regula esta materia en la futura Constitución Europea (o no tan futura...veamos lo que nos depara el 20-F) se está perdiendo la ocasión perfecta para poder dar un paso de gigante hacia la igualdad real de sexos y superar de una vez por todas la igualdad teórica, idílica, por todos asumida intelectualmente pero en la práctica bastante lejos de conseguir su objetivo.