TRIBUNA
La política y el derecho, subalternos de la justicia
NOS REFERIMOS a tres conceptos relacionados, pero desiguales. Siempre subordinados unos a otros y muy exigentes unos con los otros. Confundir estos conceptos o invertir sus funciones es mezclar la luz con las tinieblas, el día con la noche, o el orden con el caos. Y como la ignorancia es atrevida, y el hombre limitado y sus juicios rutilantes, consecuencia de sus limitaciones naturales y de sus egocentrismos canijos, mezquinos y miserables, esquivemos y evitemos errores descomunales en el contenido y en la aplicación, tanto de la Política como del Derecho y de la Justicia. Aclarémonos. En primer lugar, la vida política se mueve peligrosamente entre escollos sociales, presentes en las realidades objetivas y a través de subjetivismos personales difíciles de coordinar. Por lo que los gobernantes deben tratar los temas de gobierno con cordura, sinceridad, gran astucia, claridad y precisión. La autoridad tiene y debe, proponer soluciones concretas, ella es siempre responsable. Pero, si la autoridad alegremente afirma tener ocho soluciones, sin especificar alguna, quiere decir, en buena lógica, que no tiene ninguna solución adecuada. Consecuencia, igualmente lógica, que cada ciudadano saque otras ocho conclusiones propias e igualmente incongruentes, lo que desemboca en un caos total. Para el buen proceder en el gobierno de una Nación se requiere, en primer lugar, por parte de los responsables, tener claridad mental, voluntad limpia, decisión comedida, y superación de los subjetivismos personales y de partido. Sé que es mucho pedir a un gobernante, elegido por un Partido y por unos electores interesados, ser objetivo en su proceder. Pero no habrá buena política si el gobernante programa beneficios particulares, desalojando en sus decisiones el bien común de la Nación y de la totalidad de los ciudadanos. No será buen gobernante quien no tenga conceptos claros, una ética a toda prueba y una moral digna, a todo nivel. La política es un medio. Sólo y exclusivamente medio. Pero su único fin debe ser la Justicia para el bien común. Por otra parte, los descalificativos arrabaleros, las venganzas de los vencidos, hoy norma política, las calumnias para los opositores actuales, pasados y futuros posibles, o la privación de empleo y puesta en la calle de los funcionarios de la oposición, son errores hipotecados. ¡Sé bondadoso con todos cuando subas, y los encontrarás a todos cuando bajes! Pero el máximo de la degradación jurídica es la juramentación de fidelidad incondicional de los propios afiliados, hasta con expulsión del Partido si emiten voto contrario a las propuestas del Partido. Todo esto, y un silencio programado de los méritos de los Partidos dominantes en anterioridad, nos forzarían a cambias las siglas de esos partidos, obligándonos a sustituirlas por otra más adecuada, verídica y justa: «Partido del POP». Es decir, Partido de Oposición Permanente. Pura y sencillamente de oposición, de negación, de destrucción. Con estas pancartas no se gobierna, se destruye y, gobernar es construir paz y prosperidad. Superados los niveles personales, es imperioso e ineludible utilizar los medios necesarios y adecuados para gobernar en Justicia, como son normas justas y jurisprudencia apropiada. Primera obligación es, dar leyes justas, dentro del marco de sus competencias, y, cuando se requiera la cooperación de sus Órganos Legislativos, por los organismos colegiados correspondientes. Las mayores deficiencias se manifiestan por la falta de aplicación, o incorrecta interpretación de las normas. Norma jurídica sin sanción es ley muerta y, aún diría más, ley nociva y funesta. La sanción debe ser justa, y suficiente, y lo más importante, exigida y complica en plenitud y adecuación con el delito, ya sea política, penal, civil, administrativo o social. Norma sin sanción, aval para delinquir. Las sentencias judiciales, deben acatarse siempre, aunque persista la posibilidad de apelación y revisión legalmente establecidos. Para llegar a esta pureza jurídica es necesario tener una judicatura autárquica, independiente totalmente de los políticos. La autoridad de los jueces y magistrados presume una situación horizontal, desde su campo de acción, con la de los legisladores. El equilibrio de estos Poderes del Estado es la única garantía para conseguir la paz nacional. Hoy es el caballo de batalla en la política española, con incalificable obstinación practicada por el partido en el poder. Otro elemento imprescindible para un buen gobierno es el Derecho. Definido de la manera más sencilla posible, es el conjunto de normas universales conformes a la naturaleza, o normas obligatorias y justas para orientar la conducta social humana. Su contenido lo hemos recogido y definido en nuestro libro de «Introducción al Derecho» como, «norma socio normativa que regula la vida humana en sus manifestaciones exteriores y circunstanciales, encuadradas en el deber ser, con base en principios inmutables, que segura su cumplimiento mediante la coacción apropiada y externa ejercida por una autoridad legítima». No olvidemos que, el Derecho es para el hombre, no el hombre para el Derecho. Si en alguna ocasión surge algún conflicto entre estos elementos siempre debe darse la preferencia al hombre, ser trascendente, frente al Derecho puro instrumento en función de fines estables. Como punto de llegada y encuentro tenemos la Justicia. Su noción es anterior a la de Derecho, pero ambos conceptos, aún cuando conexos, no pueden identificarse. La Justicia es el principio constitutivo del Derecho. «La Justicia, asegura Legaz Lacambra, existe para ser realizada y el Derecho existe en tanto que nace con la mira de realizar la Justicia. La Justicia se transfunde en el Derecho, porque éste no sólo ha nacido para realizar determinados ideales justicieros, sino que la Justicia se logiciza en el Derecho y, como esquema lógico, forma una misma cosa con él». La Justicia como virtud general es un estado pre y supra jurídico, a priori. Como virtud particular es a posteriori. La Justicia es un fin en sí mismo, mientras que el Derecho es un medio o instrumento para conseguir la Justicia. El campo jurídico, resultante de estos tres conceptos debidamente coordinados, crea y ofrece a los ciudadanos, la titularidad y seguridad de los derechos subjetivos, legitimando así nuestro obras cotidiano, y la posibilidad para exigir el respeto y garantía de los mismos frente al conjunto social. Y aquí aparece el reverso de todo derecho subjetivo que no es otro que la obligación. Tanto en la teoría como en la práctica debemos partir de este axioma, en tanto tendremos derecho en cuanto los demás tenga obligación. Y, como no hay derecho sin obligación, ni obligación sin derecho, es hora de hacer resaltar uno y otra constantemente como inseparables, en las comunicaciones y pancartas jurídico sociales. Cada día presentamos más inflados, hinchados y abultados los derechos, mientras alegre y egoístamente se olvidan, relegan, marginan y se pretende desconocer la presencia de las obligaciones. Malos aires soplarán sobre la sociedad si es malaria moral no se corta con contundencia y prontitud. Conclusión práctica: si queremos encarrilar la inmigración en la vida nacional hablemos, desde el primer momento, a los inmigrantes, de los derechos y de las obligaciones, por igual. Les reto a ustedes que busquen una norma jurídica actual, sobre inmigración, que presente al venido y, bien venido, sus obligaciones. ¡Gobierno irresponsable, si crías cuervos y no los educas, te sacarán los ojos!