Diario de León

TRIBUNA

El recorte democrático en el Ayuntamiento de León

Publicado por
santiago ordóñez gonzález
León

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DESDE el día 11 de enero todos los leoneses y leonesas que lo deseen tienen a su disposición en el Boletín Oficial de la Provincia el nuevo Reglamento de Participación Ciudadana de León. Un Reglamento de Participación Ciudadana que ha sido y es necesario para mejorar el desarrollo democrático de cualquier municipio. Sin embargo, su mera existencia no justifica las enormes lagunas y la baja calidad del documento. IU presentó por segunda vez el pasado 27 de enero un recurso potestativo de reposición contra la aprobación definitiva, por unanimidad del pleno el 26 de octubre de 2005, en el que PP, PSOE y leonesistas cometieron un gran error político: atentaron gravemente contra la participación ciudadana en la ciudad de León. Sorprende mucho más observar como el PSOE, nuevo adalid de la participación ciudadana, ha hecho suyo el Reglamento y se atribuye merecidamente el mérito de elaborar una norma tan poco realista como ineficaz y dañina para los leoneses y leonesas. Para empezar, el Reglamento no fue fruto del consenso con toda la sociedad leonesa. Tampoco se celebró un proceso de convergencia entre el Ayuntamiento y los movimientos sociales locales. Eso sí, reconocemos la enorme importancia de la Federación de Asociaciones de Vecinos de León, «Rey Ordoño» en la existencia de este reglamento. La iniciativa de esta federación puso al reglamento en la agenda política de León y ese esfuerzo debe ser aplaudido aunque nuestros concejales no hayan estado a la altura de las circunstancias. Sin embargo, un Reglamento de Participación Ciudadana aprobado sin contar con el 100% de los movimientos sociales de León está condenado a muerte desde su nacimiento. El artículo 53 del Reglamento permite aprobar nuevos órganos de participación, no se puede negar. Sin embargo, esto no exime al PP, PSOE y demás de haber apostado por un modelo que niega los Foros Ciudadanos. Fundamentales para aprobar la Agenda 21 Local e Implantar el Presupuesto Participativo en León. Estos Foros, en forma de Concejos Abiertos de Barrio, son imprescindibles para lograr una auténtica participación ciudadana en la gestión municipal. Del mismo modo, se echa de menos un Consejo General de Participación Ciudadana que aglutine a todas las asociaciones de León y choca bastante el diseño burocrático de los Consejos de Territorio. Parten más como complementos de las Oficinas de Información y Atención Ciudadana que como instrumentos para fomentar la participación. Además, los vecinos y vecinas tienen cerradas las puertas como particulares para ser corresponsables de la gestión municipal. Empezando por impedir la participación en los plenos y los nuevos órganos de participación. Otros aspectos a tener en cuenta son la imposición de nuevos trámites burocráticos para presentar iniciativas o proposiciones, la restricción de la participación en los plenos a aquellas asociaciones que hayan participado en el trámite administrativo del tema a tratar y finalmente la parte más controvertida del documento. En contra de contenido del Artículo 22 de la Constitución y de la propia Ley de Asociaciones el Ayuntamiento nos impone una Declaración de Utilidad Pública Municipal como requisito, previo para que una asociación pueda participar en los Plenos y las Comisiones Informativas, firmar convenios con el Ayuntamiento y tener acceso a los locales e instalaciones municipales. El Artículo 33 de la Ley de Asociaciones limita los privilegios de la Declaración de Utilidad Pública al disfrute de exenciones y beneficios fiscales, beneficios económicos y asistencia jurídica. En León deberemos estar en el registro municipal y disfrutar de la gracia del alcalde de turno para poder interactuar con el Ayuntamiento. Discriminar de esta forma entre asociaciones de primera y asociaciones de segunda es de dudosísima legalidad, eso sin contar con los vetos políticos que pueden sufrir aquellos colectivos más críticos con la gestión municipal. Esta Declaración de Utilidad Pública Municipal supone una facultad que entraña un control material del reconocimiento de las asociaciones con domicilio social en León. Una facultad inconstitucional que no disfruta ninguna administración del Estado. Para terminar sólo constatar que el Reglamento además de contraproducente nace sin la voluntad política para su desarrollo. No se ha previsto un plan de Aplicación para extender los Consejos de Territorio ni crear las infraestructuras necesarias para albergarlos, tampoco una división territorial de la ciudad más allá de la existente para conocer su número final e incorporar a las Juntas Vecinales al modelo de participación ciudadana de León. IU ha intentado participar en la mejora del Reglamento con los criterios aquí recogidos desde julio de 2004. Ahora la responsabilidad de los daños hasta la próxima legislatura es de quien apela hipócritamente a la participación y luego hace todo lo posible para limitarla o impedirla.

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