TRIBUNA
Legalizar el «dumping» social
EL PARLAMENTO Europeo ha aprobado, con alguna modificación, el pasado día 16 de febrero la polémica Directiva de Liberalización de Servicios del Mercado Interior en la Unión Europea, más conocida como directiva Bolkestein . A pesar de las multitudinarias manifestaciones en Estrasburgo, en Berlín, en Madrid, en Estrasburgo, con cuarenta mil manifestantes durante los debates del Parlamento, y en diversas ciudades de Europa; a pesar de la oposición frontal de la Confederación Europea de Sindicatos, la directiva ha tenido un respaldo de 394 votos a favor, 215 en contra y 33 abstenciones. La única modificación de la directiva que se consiguió con estas protestas ha sido la modificación superficial del «principio del país de origen». En su lugar, se da libertad a las empresas para prestar sus servicios y a los estados libertad para establecer sus propias normas por razones de orden público, seguridad pública, protección del medio ambiente y salud pública. Por lo que tendrá que ser el Gobierno del país de destino, que quiera que este «principio del país de origen» no se lleve a la práctica, quien tenga que recurrir al Tribunal de Justicia Europeo, en cada caso, para tratar de imponer alguna limitación a las empresas que podrán operar con su legislación de origen, tanto en el plano laboral, como en el mercantil y administrativo. Izquierda Unida ha denunciado el bochornoso compromiso alcanzado entre los representantes de los grupos socialista y popular, incluidos sus parlamentarios españoles, para sacar adelante esta directiva que supone el mayor ataque perpetrado contra los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras de la UE, a pesar de la petición aprobada por el Congreso de los Diputados español donde se instaba a garantizar el cumplimiento de la norma laboral de los países de destino. Esta directiva Bolkestein organiza claramente lo que podríamos llamar «dumping social» de acuerdo a este principio del «país de origen». El principio posibilitará que cualquier empresa con sede en países con menor regulación laboral pueda trasladar a sus trabajadores y trabajadoras a España, en las condiciones salariales, laborales y de seguridad establecidas en aquél país, sin que las normas específicas vigentes en nuestro marco legal tengan que ser cumplidas. Este principio significa que las empresas estarán sólo sujetas a la normativa de su país de origen, y no a las leyes del país en que prestan sus servicios. Eso quiere decir que si una empresa sitúa su residencia legal en Lituania, por ejemplo, podría proporcionar servicios en cualquier otro país de la Unión rigiéndose por las leyes lituanas. Lo cual implica que si esa empresa desarrolla su actividad en España, podrá fijar las condiciones salariales, los derechos sociales, la normativa de medio ambiente, etcétera, según la normativa de Lituania. En el futuro, cualquier empresa podrá evitar pesadas restricciones nacionales, reinstalando su oficina registrada o estableciendo simplemente una oficina fantasma en otro Estado Miembro con unas condiciones salariales, sindicales y de cobertura social mucho menores. De este modo se podrán sortear fácilmente y sin costos los convenios colectivos locales relativos al sueldo, los requisitos relativos a las cualificaciones y las normas de protección del medio ambiente o del consumidor. Y supone un revés muy especialmente a la negociación colectiva, que dejará de ser de obligado cumplimiento cuando la empresa tenga su domicilio social en cualquier otro país distinto de la EU. Esto supone un incentivo legal para trasladarse a países con una legislación menos estricta a niveles fiscal, social y medioambiental, y la creación de compañías con sede fantasma que se extenderán desde sus sedes registradas a todo el territorio de la Unión. Al no poder deslocalizar la mayoría de las empresas de servicios lo que se hace es deslocalizar las condiciones salariales, de protección social y medioambiental. La consecuencia será una enorme presión sobre los países con normas sociales, fiscales y ambientales que protegen el interés común. A largo plazo, laconsecuencias de la directiva amenazan con ser catastróficas para todos: las demás empresas, ante la amenaza de la «competitividad» de estas empresas con salarios mucho más bajos, menor seguridad laboral, menores costes de seguridad social, menores exigencias medioambientales, presionarán a sus trabajadores y trabajadoras para que «imiten» las condiciones laborales de esas otras empresas. Se repetirá una cantinela constante: si los salarios de estas empresas son bajos, entonces habrá que insistir en la moderación salarial de las empresas locales; si estas empresas apenas pagan cotizaciones sociales, habrá que aliviar la carga imputable a las empresas locales; si en los países localizados en el Centro y Este de Europa se trabaja más horas, se impone revisar la duración de la jornada de trabajo; en fin, si las leyes que protegen los derechos de los trabajadores y las trabajadoras dificultan el ajuste a la baja de las plantillas o lo encarece, no hay otra alternativa, aseguran, que diseñar un «entorno legal e institucional más flexible». Esto es el dumping a nivel social, fiscal y medioambiental. Las conquistas sociales, estarán bajo presión: rebajas salariales, prolongación jornada laboral, más flexibilidad. Por eso, el coordinador ejecutivo de Economía y Empleo de IU, Javier Alcázar, y el eurodiputado y responsable de Relaciones Internacionales, Willy Meyer denunciaron que el texto aprobado y pactado por el partido popular y socialista europeos «obvia los derechos laborales nacionales, legaliza el dumping social empresarial, favorece la nefasta deslocalización de empresas hacia aquellos países con menos derechos y peores condiciones laborales, al tiempo que promueve la privatización de los servicios de interés económico general». En definitiva, lo que el partido popular europeo y el partido socialista europeo han hecho, a pesar de la enorme presión de los manifestantes, no es más que un maquillaje superficial que no cambia la estructura esencial de la directiva Bolkestein , puesto que no soluciona el problema del principio del país de origen, pues se limita a situar a la Comisión y al Tribunal de Justicia Europeo en posición de árbitros supremos. Y, dada la orientación liberal de la Comisión y el Tribunal de Justicia, es como poner a la zorra al cuidado del gallinero. La preunta es por qué el partido popular europeo y el partido socialista no se unen para regular unas condiciones internacionales mínimas dignas de los contratos laborales. ¿Por qué se regula para privatizar y liberalizar todo en todo el mundo a favor de las grandes empresas y no a favor de unas condiciones justas para los pueblos y los trabajadores y trabajadoras? ¿Por qué no se hace una directiva Bolkestein al revés, donde se exijan condiciones mínimas a las empresas?