LA VELETA
Los puntos y las multas
ES FÁCIL notar que la eficacia del nuevo sistema del permiso y licencia por puntos va a depender -básica, aunque no exclusivamente- de la función profesional de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico, de las denuncias que lleven a cabo tras las infracciones que adviertan. Tal función, por imperativo de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, corresponde a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en vías interurbanas, y a la Policía Local en vías urbanas. En este mismo texto se incardina el sistema y de él forma parte un anexo que tipifica hasta veintisiete infracciones que restan puntos -de dos a seis- del crédito inicial que corresponda a cada titular de permiso de conducción. Por otra parte, el hecho de que cualquiera de esas infracciones individualizadas merme el crédito de puntos es indicativo de que el conductor sancionado ha faltado en grado grave o muy grave a la normativa de tráfico. Conviene señalar algo importante, cual es la circunstancia de que de esas veintisiete infracciones del anexo precitado, al menos veinticinco -hay dos referidas a autovías y autopistas- pueden materializarse en el ordinario desarrollo del tráfico urbano, es decir, en las calles y viales de acceso -como travesías- a los núcleos de población. Decimos esto para llegar a una importante observación, y es que, siendo claro que la piedra de toque está en las decisiones de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico, es decir, en denuncias por hechos -acciones u omisiones- que van mas allá de la levedad, la calidad de esas denuncias otorgará virtualidad al sistema, en tanto que las actuaciones defectuosas o inseguras pueden coadyuvar a un cierto descrédito. Fácil es notar que la vigilancia de las carreteras parte de criterios homogéneos y de planes de trabajo uniformes de uno a otro lugar en la apreciación de faltas de los usuarios, con unívocas interpretaciones normativas. ¿Será posible lograr esa misma uniformidad, de modo que las infracciones en centros urbanos tengan igual valoración de una a otra ciudad? Tal vez que en este amplísimo ámbito de las actuaciones de agentes de policías locales resulten necesarias acciones para la objetiva valoración de infracciones, para evitar subjetividades, para que los hechos de tráfico tengan igual calibre en cualquier calle de cualquier lugar. De hecho, las ciudades son semilleros de infracciones, y bajo la atención de los agentes están infracciones determinantes de pérdida de puntos tan habituales y numerosas como las que tienen que ver con la telefonía, los cinturones, los estacionamientos de riesgo, desobediencias a semáforos en rojo, etcétera. Quiere decirse, en suma, que en esta historia del permiso y la licencia por puntos algo tienen que decir y hacer las policías locales de los cuatro puntos cardinales.