Diario de León
Publicado por
VENTURA PÉREZ MARIÑO
León

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SE DICE que el Código Penal es la Constitución negativa; y que mientras esta recoge los principios, los derechos y deberes de los ciudadanos, el Código Penal es su envés, describe aquellas conductas que no sólo están prohibidas sino que además se hacen acreedoras a una sanción, fundamentalmente de restricción de libertad. Son conductas que rebasan el mínimo ético y que se estiman socialmente dañosas. Otra cosa es que, como señalaremos, la totalidad de las conductas enumeradas y previstas como penalizables se persigan en la práctica. Cada año, como acaba de hacer la Fiscalía General del Estado, se publica el mapa delictual Español y en base al mismo se especula con el aumento o disminución de la delincuencia, los problemas de seguridad y en definitiva se cuantifica la transgresión de las conductas exigibles a las personas. Y de la lectura de ese informe resultan cosas sorprendentes. Hay delitos como el de falso testimonio, consistente en faltar a la verdad en las declaraciones que se prestan en el Juzgado, que no aparece, y sin embargo se cometen a miles a diario. Lo mismo ocurre con el delito de cohecho (solicitud de dinero por parte de funcionarios u ofrecimiento a los mismos ), de impago de pensiones, delito fiscal, de blanqueo de capitales, derechos de los trabajadores inmigrantes, denuncias falsas, hurtos menores, proxenetismo..., por citar solo algunos, que por diversas razones son formalmente casi inexistentes. Pero en lo que realmente resulta chocante lo publicado es en lo referente a la compraventa de drogas, es decir los delitos contra la salud pública. De hacer caso a los datos oficiales se desprende que no se efectúan mas de cien transacciones diarias de drogas en toda España, cuando la realidad es que mas de esas ventas se llevan a cabo, por ejemplo, en Vigo en una sola tarde. ¿A que se debe?. Una cosa es la teoría, el Código Penal, en donde esta previsto que toda venta de droga implique una actuación judicial y la imposición en su caso de pena, y otra la práctica, la política criminal del Estado que se lleva a cabo fundamentalmente por el Ministerio de Interior, y que tiene el privilegio de determinar cuales son los delitos que se persiguen de verdad y a donde se dirige la investigación policial. En el caso de las drogas se ha optado por perseguir las transacciones de los traficantes con mayúscula y no las ventas del menudeo, tal como ha recomendado el Consejo de Europa. Pero esa práctica, no debe eternizarse. Supone dejar a la discrecionalidad de los gobernantes la aplicación de la norma, lo que contorsiona el principio de obligatoriedad de la Ley. Lo adecuado es que teoría y practica coincidan y sacar del Código Penal lo que solo es florero moral y reservarlo para lo que realmente es inaceptable y por ello perseguible.

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