EN POCAS PALABRAS
Disciplina militar
EL estamento militar, al parecer molesto por el nuevo régimen retributivo, y la Guardia Civil, que presiona para que el Gobierno produzca las reformas que prometió el PSOE en el programa electoral, está revuelto y el Ejecutivo no ha tenido más remedio que imponer algunas sanciones y con amagar con algunas más. Hoy conviene repasar lo que la Constitución preceptúa al respecto de tales expansiones. En lo tocante a la sindicación, a la que «todos tienen derecho», el art. 28.1 especifica claramente que «la ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar». Fuerzas, Institutos o Cuerpos que, en virtud del art. 29.2, que se refiere al derecho de petición, «podrán ejercer este derecho sólo individualmente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica». Es muy difícil de creer que cientos de guardias civiles uniformados manifestándose en la calle e insultando a coro al presidente del Gobierno han cumplido cabalmente este último precepto. Es tiempo de restaurar la debida jerarquía de valores.