EN POCAS PALABRAS
Los maltratadores no heredarán
EL GOBIERNO de la Generalitat de Cataluña ha aprobado un proyecto de ley de reforma del Código Civil catalán sobre sucesiones que, por primera vez en España, impide que las personas que hayan sido condenadas por maltratar a su pareja o a sus hijos se beneficien de la herencia de sus víctimas. Hasta ahora, el derecho civil catalán, como el español, sólo preveía la indignidad sucesoria de las personas condenadas por matar a quien deja la herencia. La nueva norma considerará además indignos de heredar a quienes hayan sido condenados por sentencia firme por haber dejado de pagar las prestaciones económicas acordadas por el juez a favor de su cónyuge o sus descendientes, así como los que hayan abandonado a sus hijos o atentado contra su dignidad.