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ANTONIO CASADO
León

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LOS ENEMIGOS del juez Baltasar Garzón se relamen. Acarician la posibilidad de que el Consejo General del Poder Judicial le suspenda temporalmente en sus funciones jurisdiccionales. Lo esperan aún antes de que el Tribunal Supremo decida su procesamiento, si lo llega a decidir, por supuesto delito de prevaricación, como consecuencia de sus actuaciones para depurar responsabilidades penales por los crímenes del franquismo. No es fácil que eso ocurra. Primero, porque estamos ante una querella presentada por particulares. Segundo, y más importante, porque el fiscal no ha formulado la correspondiente acusación ni parece predispuesto a formularla.

En cualquier caso lo normal es que el alto tribunal rechace el recurso que Garzón piensa interponer contra el reciente auto de la sala de lo penal en el que, en contra del parecer de la Fiscalía, se admitió a trámite la querella presentada contra el magistrado por el sindicato llamado Manos Limpias, liderado por el ex dirigente ultraderechista, Miguel Bernard, un profesional de la querella. Otra cosa es que el Tribunal Supremo llegase a dictar auto de procesamiento contra el Garzón. Entonces el Cconsejo General del Poder Judicial tendría que proceder a la suspensión provisional del magistrado. Suponer que las cosas van a ocurrir así es muy aventurado. Significaría que el alto tribunal habría pasado de sostener como no «absurdo» ni «irracional» atribuir al juez una conducta prevaricadora, a apreciar indicios fundados de haber cometido el delito al instruir una causa penal contra el franquismo a sabiendas de que carecía de competencias. Y aún así, ¿cómo demostrar una conducta prevaricadora sin mediar dádiva, regalo o cualquier forma de soborno con prueba material por medio?

De momento, habría que extender la acusación a los cinco magistrados de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional que en su día, en noviembre del año pasado, discreparon de la mayoría cuando la sala decretó la falta de competencia de Garzón para investigar penalmente los crímenes del franquismo y, en consecuencia, le ordenó el cese inmediato de todas las actuaciones en la causa, cosa que Garzón acató inmediatamente al inhibirse a favor de los juzgados territoriales.

Los cinco magistrados discrepantes se alinearon con las tesis de Garzón favorables a la competencia de éste, como juez de la Audiencia Nacional, para investigar los crímenes del franquismo. Unas tesis por las que, según el Supremo, no es «absurdo» ni «irracional» apreciar una conducta prevaricadora en Baltasar Garzón. ¿Y por qué no en los magistrados de la sala que compartieron las tesis de Garzón?