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La Audiencia rechaza retirar la custodia

Un padre pretendía privar a la madre de la guarda y custodia del hijo de ambos al aducir que ella y su nuevo compañero le pegan por no controlar sus esfínteres

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efe | murcia

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La Audiencia Provincial de Murcia ha rechazado el recurso de un padre que pretendía que se le retirara a la madre la guarda y custodia del hijo de ambos porque tanto ella como su nuevo compañero sentimental le propinan cachetes por no poder controlar sus esfínteres.

Según el tribunal, lo más conveniente para recuperar la normalidad en las relaciones de los ex esposos no es cambiar la guarda y custodia de la madre al padre, sino que ambos acudan a un servicio de mediación familiar para solucionar el conflicto que les enfrenta por la consecución de la misma. «Las reiteradas denuncias y el fracaso de las mismas son un claro exponente de esta conflictividad y enfrentamiento que, sin duda, redunda en un claro perjuicio del menor», dice la Audiencia Provincial de Murcia.

La sentencia afirma que «constan aportados los partes de lesiones a los que alude el padre e incluso consta probado, a tenor de las declaraciones vertidas por la madre y por su actual compañero sentimental, que una y otro reprenden al niño e incluso le propinan cachetes como castigo por la falta de control de los esfínteres por parte del niño».

Añade que «el menor ha manifestado que las lesiones en las orejas que le fueron detectadas se las causó en el colegio e incluso él mismo añadió que las lesiones en las nalgas se las produjo el compañero de su madre al reprenderle por motivo de la citada falta de control de esfínteres».

«Estos hechos -”dice el tribunal-” se desarrollan en un marco caracterizado por continuos enfrentamientos entre los progenitores y por reiteradas denuncias del padre contra su ex mujer por amenazas, insultos o incumplimiento del régimen de visitas, que han resultado sobreseídas».

Para la Audiencia, los hechos alegados por el padre para conseguir que se le atribuya a él la guarda y custodia «no son suficientes en este caso», por lo que confirma la sentencia dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Cieza en junio.

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