Diario de León

La Audiencia Nacional anula el canon digital por defectos de forma

La sentencia rechaza devolver lo recaudado a los recurrentes

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daniel roldán | madrid
León

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Nuevo varapalo jurídico al Gobierno por culpa del canon digital. Si hace unos meses, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea obligaba al Ejecutivo a cambiar la polémica tasa, ahora es la Audiencia Nacional quien ha declarado nula la orden del ministerio de Presidencia que regula el canon digital por copia privada. La Sala de lo Contencioso-administrativa informó ayer que el Ejecutivo obvió varios pasos en la elaboración de la ley, como por ejemplo el dictamen del Consejo de Estado, ya que entiende que se trata de un reglamento dictado en ejecución de la Ley de Propiedad Intelectual. Por lo tanto, la orden está afectada en su trámite que determina su nulidad de pleno derecho.

Este fallo no es firme y cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, una opción que las entidades de gestión de derechos están estudiando. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo explica que los demandantes, como la Asociación de Internautas, preguntaban si la orden de 2008, que modificó la Ley de Propiedad Intelectual para incorporar una directiva europea sobre copia digital y derechos de autor, era un reglamento o un acto administrativo como lo planteó el Ejecutivo.

El tribunal da la razón a los demandantes y considera que el texto «reúne todas las notas definitorias de las normas reglamentarias». Asimismo, indica en la sentencia que «tiene vocación de ser aplicada reiteradamente de tal forma que su repetida aplicación no solo no agota sus efectos, sino que refuerza su vigencia» y matiza que, a diferencia de los actos administrativos, la orden recurrida es de carácter «general y abstracto, dirigido a una pluralidad de destinatarios definidos en principio de forma anónima».

Sin embargo, el tribunal no acepta las pretensiones de algunos recurrentes de devolver lo recaudado por el canon digital. La Sala se considera carente de jurisdicción en relación con tales peticiones, dada la naturaleza jurídico-privada del canon digital, lo que determina la falta de competencia del tribunal.

La resolución recibió los aplausos de consumidores e internautas, mientras que el Gobierno rebajaba la importancia real del fallo. «Esta orden había que modificarla en cualquier caso, con lo cual no altera los planes del Ministerio y del sector, que deben tener confianza y seguridad para seguir trabajando», indicó la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde.

Si alguna de las partes recurre ante el Supremo no se aplicará de forma inmediata la sentencia. Además, el Gobierno tiene tres meses de plazo parar reformar la orden del canon digital debido a la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE. Ana María Méndez fue denunciada por la SGAE y la Audiencia de Barcelona y el Tribunal de Justicia de la UE le dieron la razón.

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