El Supremo ordena el desahucio de una mujer y sus hijas del piso de su exsuegro
El Tribunal Supremo (TS) ha ordenado el desahucio de una mujer y de sus tres hijas del piso que ocupa en Elda (Alicante), propiedad de su exsuegro, al considerar el tribunal que tras la separación del matrimonio ha desaparecido el uso al que se destinó la casa que les fue cedida como vivienda familiar.
Así lo ha acordado la Sala de lo Civil del Supremo en una sentencia, en la que estima el recurso presentado por el dueño de la vivienda contra la dictada por la Audiencia de Alicante en 2007 y concluye que «las consecuencias del divorcio o la separación de los cónyuges nada tienen que ver con los terceros propietarios».
Según la sentencia, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala de lo Civil, Juan Antonio Xiol, la vivienda les fue cedida en 1996 para que establecieran en ella el domicilio familiar, sin pagar renta alguna y sin establecerse plazo.
El hombre se la cedió a su hijo, a su mujer y a sus tres nietas tras haber sido desahuciados, convirtiéndose en el domicilio familiar y «todo ello en aras de prestarles ayuda económica». El matrimonio se separó judicialmente y por sentencia en el 2000 se le atribuyó el domicilio a la mujer y a sus hijos.
Tras la separación, el propietario del piso pidió la devolución de éste, pero un juzgado de primera instancia declaró que no había lugar al desahucio solicitado. Esta decisión fue posteriormente confirmada por la Audiencia Provincial de Alicante. Ahora el TS estima el recurso del dueño.