Un juez niega el derecho a que los hermanos vayan al mismo colegio
Un juez de Sevilla ha rechazado la petición de unos padres para que su hija estudie en el colegio concertado de su elección, en una sentencia en la que afirma que el derecho a la educación reconocido por la Constitución no incluye que los hermanos deban hacerlo en el mismo centro. El juzgado rechaza la petición de los padres de que su hija fuese escolarizada en Educación Infantil del colegio, para lo que pidieron que se aumentase la ratio de alumnos por clase, como han ordenado otros jueces. El juez dice que el derecho a la elección de centro docente no es un «derecho absoluto, de aplicación automática», y añade que no puede interpretarse que tal derecho «incorpore como necesario que todos los hermanos deban cursar sus estudios en el mismo centro educativo».