En 2013 fallecieron 29 menores de 14 años en accidentes en vía interurbana
La Ley de Seguridad Vial contempla 1.000 euros de multa para los conductores drogados .
A partir del 9 de mayo todos los menores tendrán que circular en bicicleta con casco. Este día entra en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial aprobada el pasado mes de marzo por el Parlamento y que contempla multas de 1.000 euros para los conductores que circulen con droga en el organismo y para todos aquellos que dupliquen la tasa de alcoholemia o sean reincidentes al coger el volante tras tomar unas copas.
La directora general de Tráfico, María Seguí, recordó ayer ante la Comisión de Seguridad Vial que durante 2013 en vía interurbana fallecieron 29 menores de 14 años en accidentes. De ellos, sólo seis usaban el sistema de retención infantil. Así también aludió que desde el 9 de mayo, todos los que lleven a menores sin esas sillitas o alzas serán sancionados con 200 euros y la retirada de tres puntos del carné de conducir.
Desde unos 10 euros, incluso menos según las ofertas, cuesta equipar a un menor con un casco homologado -obsérvese este extremo porque así lo exigirán las fuerzas de seguridad y por la seguridad del usuario-. Con ello se podrán evitar multas de hasta 100 euros, según quien las imponga, y la inmovilización del vehículo, lo que supondrá volver a casa empujando la bici. Los mayores de 16, como hasta ahora, podrán circular sin casco sólo en vías urbanas, dado que en carretera es obligatorio para todos.
Pero es que otra de las novedades que entrará en vigor el 9 de mayo serán los nuevos motivos para la inmovilización del vehículo. Siguiendo con los pequeños de la casa, todos los coches donde viaje un menor sin el dispositivo de retención infantil quedarán inmovilizados hasta que el conductor encuentre una sillita o el niño continúe viaje en otro vehículo dotado del sistema de retención para pequeños.
Queda pendiente hasta que sea desarrollado vía Reglamento de Circulación los criterios de edad o de talla para que el niño use esos sistemas. Aunque con toda probabilidad la altura del niño primará, dado que los menores son cada día más altos. En todo caso la ley permite que se pueda prohibir reglamentariamente la ocupación de asientos delanteros o traseros por los menores en función de su edad o talla.
«Ninguno de los cambios sobre las velocidades máximas o mínimas entrará en vigor en el plazo de tres meses», tras la aprobación del Reglamento, cuyos trámites todavía aún no han comenzado. Por lo que, según Seguí, la modificación aprobada en la ley sólo amplía el cuadro de infracciones y sanciones para «las velocidades máximas de 20 km/h y una posible aplicación temporal de velocidades variables máximas de 130 km/h». Así que la entrada en vigor de la ley «no modifica ninguna velocidad máxima en ninguna carretera. Esta modificación se producirá en el reglamento». «Por favor, que nadie se confunda. La velocidad máxima en autopista y en autovías sigue y seguirá siendo de 120 km/h», advirtió Segui.
Por otra parte, la responsable de la DGT avanzó datos cerrados de la siniestralidad de 2013, cuando ocurrieron 994 accidentes mortales en los que fallecieron 1.128 personas y 5.206 resultaron heridas graves, es decir, 173 fallecidos menos que en 2012, lo que supuso un descenso del 13% y un 16% menos en el caso de los heridos graves.
Las carreteras convencionales fueron las vías donde se produjeron el mayor número de accidentes y de fallecidos.