El Supremo avala el traslado de un menor español a Brasil
El Tribunal Supremo ha permitido que un menor deje el país para irse a vivir con su madre a Brasil, el país de origen de la progenitora, a pesar de que el niño es español al igual que el padre. La sentencia revoca un fallo de la Audiencia Provincial de Ciudad Real que daba la razón al padre en este contencioso, donde el alto tribunal ha hilado muy fino para justificar el traslado de un menor nacional a otro país. La Sala de lo Civil del alto tribunal ha fijado como doctrina que el cambio de residencia del progenitor custodio puede ser judicialmente autorizado únicamente en beneficio e interés de los hijos menores bajo su custodia se trasladen con él. «Prima este interés y no la condición de nacional, como factor de protección», indica José Antonio Seijas Quintana, ponente del fallo. El Supremo tuvo en consideración la situación familiar concreta del pequeño, que ahora tiene siete años. La sentencia explica que no es posible obligar a la madre a continuar en un país que no es el suyo y en un entorno familiar que tampoco es el del niño para hacer posible sus expectativas familiares.