FALTA DE PRUEBAS
El Supremo absuelve a un condenado a 44 años por violar a sus tres hijastras
Llevaba en prisión desde noviembre del 2014, pero el alto tribunal ha revocado la sentencia. "Va a venir a por nosotras y acabar lo que empezó", advierte la madre
El vecino de A Baña (A Coruña) Pedro Raño Espasandín, que llevaba en prisión desde el 28 de noviembre del 2014 tras haber sido condenado por violar y maltratar durante 12 años a sus tres hijastras, salió el jueves de la prisión coruñesa de Teixeiro al haber sido absuelto por el Tribunal Supremo.
Así, el fallo del Alto Tribunal revoca la condena que le impuso la Audiencia Provincial de A Coruña, que lo había condenado a 44 años de prisión, como autor de tres delitos continuados contra la libertad sexual por violar a sus tres hijastras. También había sido acusado de violar a su mujer y a su hija.
En el juicio que se celebró los días 6, 7 y 8 de septiembre del 2016 se consideró probado que este vecino de A Baña de 47 años había estado abusando durante más de una década de las tres hijas de su esposa.
"Si bien desde el principio fue acusado de maltratar y abusar también de su mujer y de la única hija en común, por entonces de tres años, fue absuelto en el juicio de estos execrables delitos, al no haber pruebas, pero el tribunal coruñés decidió condenarlo por violación y maltrato a sus tres hijastras, a pesar de la ausencia de indicios probatorios", según sostiene su defensa.
La causa, que en su momento creo alarma social y que convocó a manifestarse a varias asociaciones como Stop Desahucios y otras en defensa de las mujeres maltratadas en la puerta de la Audiencia Provincial de A Coruña durante la celebración del juicio, "ha quedado cerrada con la completa absolución de todos los cargos que se le imputaban", según resalta la defensa de este hombre, tras la decisión del Tribunal Supremo.
En concreto, en el auto de puesta en libertad con fecha de 16 de marzo, recogido por Europa Press, se señala que "se estimó el recurso de casación decretando la libre absolución del procesado por los tres delitos continuados contra la libertad sexual por los que venía condenado".
Por ello, la Audiencia Provincial de A Coruña indica en el auto de puesta en libertad, que "debe cesar la situación de prisión provisional acordada por el Juzgado de Instrucción Número 1 de Negreira el 28 de noviembre de 2014" y prorrogada por auto de la Sección 10 de octubre de 2016.
"VA A VENIR A POR NOSOTRAS"
La mujer que acusó de violación a su exmarido ha pedido que "se revise el caso". "Va a venir a por nosotras y acabar lo que empezó", ha advertido. En declaraciones a Europa Press la mujer, de nombre Patricia, ha comentado que ella y sus hijas están "asustadas y escondidas".
"Sabemos la verdad. No vamos a mentir en algo tan grave", ha asegurado. "¿Tiene que morir una de nosotras?", se ha preguntado, al tiempo que ha reconocido que está "decepcionada" con la Justicia.
AUSENCIA DE PRUEBAS
El abogado defensor Kostka Fernández, del despacho KNM Abogados, ha recordado que defendió desde el inicio "la ausencia de pruebas y que se estaba cometiendo una gran injusticia, dando credibilidad a unas simples declaraciones, frente a una abrumadora cantidad de pruebas que demostraban la inocencia de quien llevaba en prisión dos años".
"No fue fácil luchar contra todo y contra todos, pero el convencimiento de que se estaba vulnerando la presunción de inocencia y de que se estaba cometiendo una gran injusticia, animó al despacho a defender a quien considerábamos inocente", ha manifestado el letrado coruñés.
Kostka Fernández durante el juicio puso de manifiesto que la exesposa ya había denunciado a su primer marido por hechos similares y que, finalmente, se demostró que "todo había sido una mentira y una denuncia falsa, como ahora", según concreta el letrado.
De este modo, el letrado ha subrayado que "siempre insistió en que se estaba haciendo un uso perverso de la muy necesaria Ley de Violencia de Género y lamentó el daño que hace a las mujeres maltratadas cuando se presenta una denuncia falsa".
La sentencia condenatoria fue recurrida en casación al Tribunal Supremo y el jueves día 16 se emitió un auto en el que ordenaba su inmediata salida de prisión. De hecho, el Tribunal Supremo se reunió por la mañana y a la tarde Pedro Raño pudo abandonar la prisión y acudir a A Coruña a cenar con su abogado.