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SANIDAD

2.008 medicamentos homeopáticos pasan el primer filtro para su comercialización

El Gobierno está dando la batalla en la UE para que estos productos no sean considerados medicamentos

Producto homeopático.

Publicado por
PATRICIA MARTÍN / AGENCIAS
León

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2.008 productos homeopáticos han pasado el primer filtro para continuar su comercialización en España, el resto, y se calcula que pueden ser miles, ya no podrán ser vendidos en farmacias y otros establecimientos, en un intento de poner orden en un mercado hasta ahora fuera de control.

Y es que la UE considera a la homeopatía como un medicamento y ha obligado a los países a regular su venta, lo que provocó que el Gobierno del PP iniciara el procedimiento y el Ejecutivo del PSOE haya continuado con el trámite, pese a su firme oposición a la homeopatía y su intención de regular las llamadas pseudociencias. En este contexto, el Ministerio de Sanidad ha pedido a las autoridades europeas que dejen de considerar la homeopatía como un medicamento, pero hasta que ese momento llegue, si llega, el Ejecutivo tiene que cumplir las órdenes de Bruselas, según explican fuentes de Sanidad.

Por ello, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha publicado, según se recoge en el BOE, la lista de medicamentos homeopáticos que han comunicado su intención de adecuarse a la nueva regulación y cumplen los requisitos establecidos para solicitar la autorización de comercialización. Son un total de 2008.

LOS REQUISITOS

Eso no significa que todos ellos vayan a conseguir la autorización, puesto que ahora deben superar ciertas pruebas, en un calendario fijado por al AEMPS y que es el siguiente:

El primer periodo establece la presentación del dossier desde el 1 de noviembre de 2018 al 30 de abril de 2019 para los productos con indicación terapéutica o productos cuya vía de administración sea inyectable; y el segundo periodo va desde el 1 de mayo de 2019 al 30 de octubre de 2019 para productos presentes de origen biológico entendiendo como tal constituidos con cepas obtenidas de fuentes biológicas tales como células vivas u organismos (humanos, animales y microorganismos tales como bacterias o levaduras) y que no estén incluidos en el primer periodo.

El tercer periodo, que va desde el 31 de octubre de 2019 al 30 de abril de 2020, es para aquellos que están constituidos por una única cepa y cuyos nombres figuren entre 'Abies nigra' y 'Capsicum annuum', y no se encuentren incluidos en los periodos anteriores; el cuarto, del 1 de mayo de 2020 al 30 de octubre de 2020, para aquellos constituidos por una única cepa y cuyos nombres figuren entre 'Carbo animalis' y 'Hieracium pilosella', y no se encuentren incluidos en los periodos anteriores; mientras, el quinto periodo, que va desde el 31 de octubre de 2020 al 30 de abril de 2021, para los constituidos por una única cepa y cuyos nombres figuren entre 'Histaminum' y 'Platina', y no se encuentren incluidos en los periodos anteriores.

Finalmente, los dos últimos periodos van: el sexto, que va del 1 de mayo de 2021 al 30 de octubre de 2021, para productos constituidos por una única cepa y cuyos nombres figuren entre 'Plumbum aceticum' y 'Zizia aurea', y no se encuentren incluidos en los periodos anteriores; y el séptimo periodo para la presentación del dossier se establece desde el 31 de octubre de 2021 al 30 de abril de 2022. y será para los productos presentes en el anexo I constituidos por varias cepas y no incluidos en los periodos primero o segundo.

LAS PSEUDOCIENCIAS

Este procedimiento tiene lugar en un contexto en el que el Gobierno estudia medidas para regular las pseudociencias, después de que el colectivo médico le haya pedido que tome medidas contra los curanderos y todos aquellos medicamentos que no tengan una eficacia científica probada.

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