Diario de León

SALUD

El pan será integral por ley

Impuesto reducido del 4% para los integrales, multicereales y con salvado.

Calviño, Celaá y Carcedo, tras el Consejo de Ministros. BALLESTEROS

Calviño, Celaá y Carcedo, tras el Consejo de Ministros. BALLESTEROS

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efe | madrid

El Consejo de Ministros aprobo ayer un real decreto con la norma de calidad del pan que establece la nueva definición de pan común, que incluye ahora panes elaborados con otras harinas distintas a las de trigo, de manera que permitirá aplicar el IVA reducido del 4% a muchos más productos. El integral deberá ser elaborado exclusivamente con harina sin refinar y todos llevarán menos sal. Se obliga a vender la barra o la hogaza en las 24 horas siguientes a que salga del horno. El comerciante puede saltarse esta prohibición «excepcionalmente», siempre y cuando lo separe del resto de la mercancía.

El pan multicereal deberá estar estar elaborado con tres o más harinas en una proporción mínima del 10%. Las harinas procedentes de otros cereales no podrán suponer menos del 30% de la mezcla total.

La portavoz del Gobierno, Isabel Celáa, recordó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el consumo de medio de pan en España, que ha definido como «un alimento fundamental para la dieta diaria», es de 31,77 kilos persona. Por esto, dijo, esta norma «tiene mucho interés para mejorar la información al consumidor».

El real decreto, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (Mapa), establece las normas básicas de calidad para la elaboración y comercialización del pan en España y sustituye al real decreto anterior sobre la materia, aprobado en 1985.

Desde ahora, se considera pan común también el pan elaborado con harinas integrales, de otros cereales diferentes al trigo y otros «muy demandados por el consumidor moderno», como son los productos con salvado o el pan bajo en sal o con sustitutivos de sal.

Esta ampliación de la definición de pan común permite que a partir de ahora se aplique un IVA reducido, del 4 %, a estos productos que hasta ahora estaban gravados con un 10 %.

La Ley del IVA de 1992 señalaba que todas las harinas de cereales tenían una tasa del 4 %, sin embargo, sus panes no.

En cuanto a la composición de los mismos, el Ministerio destaca que fruto de las negociaciones con distintas administraciones como el Ministerio de Sanidad se ha incluido una última medida que consiste en limitar la cantidad de sal que se puede emplear para elaborar el pan común. El límite máximo del contenido en sal será obligatorio a partir de abril de 2022 para poder beneficiarse de la definición de pan común.

La Confederación Española de Organizaciones de Panadería (Ceopan) valora positivamente el real decreto y recuerda que esta organización fue la principal impulsora de esta norma.

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