Diario de León

Sin anuncios de dulces infantiles

Consumo prohíbe la publicidad dirigida a niños de chocolates, galletas, zumos y helados para combatir el sobrepeso infantil, que afecta al 40% de los menores

Un niño coge una barra de una galleta dulce de un supermercado en Reino Unido. SAM STEPHENSON

Un niño coge una barra de una galleta dulce de un supermercado en Reino Unido. SAM STEPHENSON

León

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Los anuncios en horario infantil de los alimentos considerados basura, como la bollería industrial, tienen los días contados. A partir del próximo año, el Ministerio de Consumo prohibirá la publicidad dirigida a niños y adolescentes de chocolates, pasteles, dulces, helados y zumos, entre otros productos poco saludables. Y no sólo lo hará en los medios tradicionales (radio, prensa, cine y televisión), sino también en redes sociales tan usadas como TikTok, Instagram, Facebook o Twitter y plataformas como YouTube y Twitch, principales fuentes de información de los jóvenes y canales utilizados por youtubers e influencers para realizar acciones publicitarias de marcas de comida basura.

En TV estos anuncios se dejarán de ver de 08.00 a 09.00 y de 17.00 a 20.00 horas, de lunes a viernes, de 09.00 a 12.00 los fines de semana, y fuera de ese horario cuando haya una elevada audiencia de menores de 16 años o en canales infantiles.

La idea se venía mascando desde hace meses, pero fue ayer cuando el ministro Alberto Garzón detalló el real decreto que prepara su departamento para limitar el consumo de estos productos entre los jóvenes (sus consumidores mayoritarios) y combatir así el sobrepeso y la obesidad, que afecta al 40% de los niños españoles.

El ministerio no determinará qué alimentos son insanos a través de Nutriscore, un semáforo que califica los productos de más a menos saludables (de la A a la E y del verde al rojo) y lo plasma en una etiqueta frontal. Lo hará siguiendo los criterios nutricionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS), mucho más restrictivos que Nutriscore, que, a veces, otorga buenas notas a ultraprocesados, y malas a alimentos como el aceite de oliva.

La norma, que será aprobada en 2022, afectará a cinco categorías de productos que no podrán hacer publicidad dirigida a menores independientemente del contenido de nutrientes. La primera categoría es la de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres.

Le sigue el grupo que incluye pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería. Tampoco se podrán anunciar otras tres categorías que conforman los zumos, las bebidas energéticas y los helados.

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