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La madre no envió a las niñas a declarar para evitar que padecieran problemas psicológicos

Absuelven a un padre de abusar de sus hijas porque no fueron al juicio

El Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia dictada por la Audiencia de Lérida en la que se absuelve a un vecino de Tremp (Lérida) acusado de abusar d

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Efe - LÉRIDA.

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El Tribunal Supremo califica la decisión de la madre de no llevar a las niñas a juicioi de «sorprendente» y en la sentencia afirma que «no se puede olvidar la necesidad de acudir a la declaración de la propia víctima como único soporte para la acreditación de unos hechos». El alto tribunal no tiene en cuenta la exploración efectuada a una de las menores en el Hospital Sant Joan de Deu de Barcelona, cuando tenía cuatro años, donde se le diagnosticó que tenía «un himen muy amplio y un abuso sexual posible». La hija mayor explicó a los médicos que su padre le había introducido los dedos y objetos en la vagina. Según la sentencia del Supremo «este dictamen pudiere servir de prueba del padecimiento por ella de un verdadero abuso, pero no acredita de modo irrefutable la identidad del autor». En la vista oral, celebrada en la Audiencia de Lérida, el Fiscal solicitó una pena de 11 años de cárcel para el acusado. Por otra parte, la Audiencia Provincial de Toledo ha condenado a un hombre de 40 años, F.M.M., a dos años de prisión como autor de un delito consumado de agresión sexual contra su novia, a la que además deberá indemnizar con 12.450 euros (más de dos millones de pesetas). En la sentencia, a la que tuvo acceso ayer Efe, se considera como hechos probados que, en la madrugada del 22 de enero de 2000, el acusado, divorciado y sin antecedentes penales, se dirigió en su vehículo y en compañía de su novia a una explanada de Talavera de la Reina, después de haber pasado toda la noche juntos en diversos pubs y discotecas, donde ambos bebieron gran cantidad de alcohol. Una vez en la explanada, el acusado golpeó a la víctima en la cara, brazos y pechos y la agarró por el cuello, con la intención de vencer su inicial resistencia, lo que consiguió, aunque, «ante la visión de la sangre que le caía por la cara» a la mujer, abandonó su propósito. A consecuencia de los golpes recibidos, la víctima resultó con lesiones de las que tardó en curar 10 días, además de quedarle un trastorno de ansiedad. En las conclusiones presentadas al iniciarse el juicio, el Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito de agresión sexual en grado de tentativa y una falta de lesiones, por los que solicitó cuatro años de prisión (por el delito) y multa de un mes (por la falta), además de una indemnización de 1.950 euros (324.452 pesetas).

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