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La nueva ley reconoce nueve días pagados para cuidar de familiares

El Consejo de Ministros aprueba el proyecto que amplía los derechos por cuidados y las familias numerosas y equipara a parejas de hecho con matrimonios

La ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, tras el Consejo de Ministros. J. LIZÓN

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León

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Los asalariados españoles dispondrán de un máximo de nueve días pagados al año para cuidar a sus familiares más directos o a las personas con las que conviven. Es una de las medidas que incluye el anteproyecto de ley de familias al que ayer dio su primer visto bueno el Consejo de Ministros. Su promotora, la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, está convencida de que, pese a los plazos son más que justos, la norma se aprobará antes del fin de la legislatura. La ley busca garantizar la igualdad de derechos de cualquier modelo de convivencia (matrimonio, pareja de hecho, monoparental, LGTBI, acogida) e incorpora nuevos permisos y prestaciones para cuidados y beneficios para las familias más vulnerables, especialmente las monoparentales.

La ley crea un permiso remunerado de hasta cinco días al año para cuidar a familiares ante casos de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica ambulatoria que precisa de reposo del marido, hijos, padres, hermanos, nietos o de cualquier otro conviviente. Esta licencia se completa con otro permiso de hasta cuatro días anuales, que se puede coger por horas, para afrontar urgencias e imprevistos médicos del mismo colectivo de allegados aunque no sean graves. Se destina a ausencias laborales por problemas familiares de fuerza mayor que requieran de una atención inmediata, como desplazamientos a urgencias, fiebre de un hijo, acompañar al médico al marido, etcétera. Se mantienen los actuales dos días de permiso remunerados por fallecimiento de un familiar hasta segundo grado. La ley blinda estos derechos en el Estatuto de los Trabajadores declarando despidos nulos aquellos que se produzcan en el disfrute de los mismos.

Ocho semanas en ocho años

Todos los progenitores dispondrán de hasta ocho semanas libres para la crianza de los hijos a utilizar antes de que los niños cumplan ocho años, pero en este caso el permiso no estará retribuido. Lo pueden coger al completo tanto un progenitor como el otro, por días o por semanas, pero nunca uno solo de ellos sumado (16 semanas) porque es intransferible.

permiso de natalidad

El padre o la madre no gestante podrá anticipar los diez días previos al nacimiento de su hijo el comienzo del disfrute de las 16 semanas de libranza laboral pagada a que da derecho el permiso parental.

renta de crianza

Realiza una extensión casi universal del cobro de la renta crianza de 100 euros al mes a que tienen derecho las progenitoras con hijos de hasta tres años. Ahora solo lo cobran las madres trabajadoras o con derecho al ingreso mínimo vital. La ley lo amplía también a las que hayan cobrado subsidios de paro en alguna ocasión o tengan cotizados al menos 30 días a la Seguridad Social desde el parto. Se quedan fuera las que no han trabajado nunca, pero se pagará el 100% de la prestación a las que tengan empleo temporal o a tiempo parcial. Habrá entre 200.000 y 250.000 nuevas beneficiadas.

parejas de hecho

Las parejas de hecho que oficialicen su unión sentimental con su inscripción en el registro tendrán derecho a disfrutar de los mismos 15 días de permiso laboral remunerado que desde hace años disponen las personas que se casan, quienes se convierten en un matrimonio. Se trata de la misma igualdad de derechos que garantizará a las uniones de hecho una pensión de viudedad, la posibilidad de uso de los cinco días para cuidados de familiares o cualquier otro beneficio o ayuda que tiene actualmente un matrimonio.

nuevas familias numerosas

Amplía el concepto de familia numerosa que da derecho a recibir ayudas directas, beneficios fiscales, bonificaciones en el transporte o prioridad en el acceso a becas, vivienda o al bono social eléctrico. Con la reforma, las familias con esta categoría se llamarán «con mayores necesidades de apoyo a la crianza» e incluirán, además de las de tres o más hijos, a las monoparentales con dos hijos a cargo, las de cualquier clase con dos hijos que tengan un padre o un hijo discapacitados, los hogares con dos hijos encabezados por una víctima de violencia de género o por un progenitor con la guardia o custodia exclusiva de los hijos, pero no se le ha asignado una pensión, y a las familias con dos hijos en las que un progenitor lleve en tratamiento hospitalario al menos un año o esté en prisión.

Eleva a la categoría especial a las familias con cuatro o más hijos (ahora eran cinco), a las de tres hijos de parto múltiple (ahora eran cuatro) y a las de tres hijos con bajos ingresos (hasta 150% del Iprem).

prohíbe el pin parental

La norma declarará prohibido que los padres o tutores de los menores de edad den órdenes a los centros educativos para excluir a sus hijos de cualquier clase, asignatura, acto informativo o actividad escolar que incluya contenidos sobre diversidad familiar, que informe sobre familias no casadas, LGTBI o de cualquier otro tipo distinto al matrimonio heterosexual. Es el mecanismo que partidos como Vox denominan ‘pin parental’ para eludir estos contenidos en la escuela.

Monoparentales y vulnerables

Las familias monoparentales, casi todas encabezadas por una mujer y la mitad de ellas en situación de pobreza o en alto riesgo de padecerla, tendrán prioridad para el acceso a beneficios y ayudas como la asignación de plazas públicas de la primera etapa de educación infantil.

Atención temprana garantizada

La norma obligará a todas las administraciones a garantizar la atención temprana de todos los niños con trastornos del desarrollo, algo no asegurado hoy dependiendo de la comunidad autónoma en que se viva.

pensiones y subsidios

El subsidio por nacimiento no contributivo se le pagará también a padres adoptantes y familias de acogida; la pensión de orfandad se pagará un año más, hasta los 26; y se ampliarán los permisos laborales de cuidados de menores con cáncer o con enfermedades graves hasta los 26 años en caso de discapacidad. De igual forma se amplía el alcance del Fondo de Garantía de Alimentos, el gasto público que asegura la comida a menores a los que su progenitor (separado, divorciado) no abona la prestación a que le ha obligado el juez, a los hijos de parejas de hecho registradas y a los chicos mayores de edad con discapacidad o en situación de dependencia.

La ley precisa de un trámite de urgencia estricto para salir adelante antes de que acabe la actual legislatura.