Diario de León

Más de 26.500 hijos y nietos del exilio vuelven a ser españoles

El doble castigo de ser republicana y mujer. Las personas que se exiliaron por la Guerra Civil no sólo perdieron la patria. Se convirtieron en extranjeros, cuando no apátridas, y su descendencia fue privada de la nacionalidad española. Una situación que afectó de manera especial a los descendientes de españolas que hasta 1978 no gozaron del ‘ius sanguinis’.

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León

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Más de 26.500 personas han conseguido la nacionalidad española en los últimos siete meses, desde que entró en vigor la Ley de Memoria Democrática. Se trata de descendientes de españoles cuyos padres, madres, abuelos o abuelas perdieron la nacionalidad en el exilio. Tan solo 126 se han denegado.

Con parecer un gran número, «no es una gran cifra si se tiene en cuenta que puede haber unas 250.000 personas afectadas», precisa la catedrática de la Universidad de León Aurelia Álvarez, que ha dirigido el curso de verano online ‘La ciudadanía española en el exterior: dificultades en el ejercicio de sus derechos y retos’ de la Universidad de León.

Tampoco son muchas si se toma como referencia el número de naturalizaciones por residencia que se dieron por residencia el año pasado en España, un total de 181.581 en 2022, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

La ponencia sobre la nacionalidad fue impartida por la catedrática leonesa de Derecho Privado Internacional, junto con Marina Vargas Gómez-Urrutia, profesora Titular de Derecho Internacional Privado de la Uned. El acceso a la nacionalidad española en la Ley de Memoria Democrática y la resurrección de la DA 7ª de la Ley 52/2007 (de Memoria Histórica) ha abierto una ventana de dos años, prorrogable uno más por el Gobierno, para que las personas descendientes de españoles que sufrieron el exilio puedan optar a la nacionalidad.

Es la repesca para devolver el derecho arrebatado a generaciones de españoles que «se creyeron extranjeros al haber nacido fuera de España. No se enteraron de que seguían siendo españoles», señala Aurelia Álvarez.

Sus padres, madres o abuelas o abuelos renunciaron a la nacionalidad o la perdieron por razones tan dispares como que era necesario naturalizarse del país de destino para abrir cuentas bancarias, caso de México, o, en el caso particular de las mujeres, debido a que hasta 1975 la mujer perdía la nacionalidad al casarse y, en cualquier caso, no podían transmitirla hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978.

Algunas llegaron a convertirse en apátridas. Es el caso de las que se casaron con marroquíes. «En España perdían la nacionalidad, pero en Marruecos no eran reconocidas como marroquíes», explica la catedrática.

La nueva ley de Memoria Democrática intentó resarcir esta discriminación con una vía especial de reconocimiento de la nacionalidad «los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978», según reza el apartado b de la directriz primera de la ley.

«El problema es que las mujeres españolas perdieron la nacionalidad al casarse hasta 1975, pero, aunque no la hubieran perdido, tampoco podían transmitirla porque el ius sanguinis era del padre, pero no de la madre», apostilla Álvarez. Al exigirse el requisito de demostrar la pérdida de la nacionalidad se dejaba fuera a todas las demás a causa de la «confusa» redacción de la disposición adicional octava.

El ius sanguinis de las madres no existía tampoco para las españolas residentes. «Lo que pasa es que para las residentes españolas este tema pasa desapercibido al atribuirse la nacionalidad por el padre», explica.

Este escollo se ha subsanado en la práctica con la aplicación de la directriz primera a) que reconoce el derecho a la nacionalidad a de forma general «a los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española».

Otro aspecto que abordó el curso de verano fue la protección consular de los españoles por el mundo y el acceso a la nacionalidad en una mesa redonda moderada por David Casarejos Moya, presidente de la Comisión de Derechos Civiles y Participación del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior además de presidente del Consejo de Residentes Españoles de Manchester.

En el debate quedó de manifiesto la falta de medios de las oficinas consulares españolas en el exterior para asumir el trabajo que supone esta nueva repesca de la nacionalidad para descendientes de españoles del exilio. «Se encuentran además con problemas como las demarcaciones que, en ocasiones, obligan a desplazarse 800 o 1.000 kilómetros por la asignación en lugar de otro más cercano», señalaron.

El consulado que más peticiones de nacionalidad tiene es el de Buenos Aires. «Es el que mejor funciona y además porque los hijos mayores de edad de aquellos españoles a los que se les fue reconocida su nacionalidad de origen en esta ley o en la norma anterior con el Gobierno de Zapatero, también pueden solicitar la nacionalidad», añade Álvarez.

El aumento de la población emigrante española en el Reino Unido o las peculiaridades de Alemania, Francia y Suiza ha aumentado la carga de trabajo en las oficinas consulares a la que ahora se suma el acceso a la nacionalidad.

«No es fácil porque tienen que reunir documentación que en algunos casos no tienen a su alcance», admite Aurelia Álvarez. Esto sucede tanto con los descientes de personas exiliadas como de emigrantes, que en muchos casos no saben ni la provincia de origen de sus ascendientes.

Los cambios legislativos han ido abriendo problemas que no existían. Es el caso de la privación de nacionalidad de nietos de españoles que nacieron después del 15 de enero 1985 a raíz de la entrada en vigor del artículo 24.3 del Código Civil actual.

«Si no se presentan entre los 18 y los 21 años pierden la nacionalidad porque figura que tienen que hacer la conservación, pero poca gente sabe que tiene que personarse en ese periodo para preservar la nacionalidad española», añade la experta.

En la mesa redonda se abordaron otras problemáticas de educación y acceso a la universidad o asuntos laborales. Intervinieron María Ballester Ruiz, presidenta de la Comisión delegada de Mujeres y Jóvenes y Consejera General del CRE por Suiza; Juan González Adrados, consejero General del CGCEE por Alemania; Juan Miguel Paz Fernández, consejero General del CRE por Francia y Pablo Puertas Sabasta, consejero del CRE por el CSIF y vocal del Comité Único del Personal Laboral en el Exterior.

‘La emigración española: problemas actuales, discriminación y soluciones’ corrió a cargo de Violeta Alonso Peláez, presidenta del Consejo General de la Ciudadanía española en el exterior y del Consejo de Residentes Españoles de Frankfurt (Alemania). La problemática del ejercicio del derecho de sufragio, a pesar del avance que ha supuesto la eliminación del voto rogado, es otro de los temas que se abordó: «Se piden nuevos sistemas de votación más ágiles que el voto por correo». El voto telemático aún se ve lejano, por lo que se instó a crear propuestas que faciliten este derecho a los españoles en el exterior, más de dos millones de personas en España y 48.645 censados como electores en el caso de la provincia de León.

Los planes de retorno, que se consideran poco eficaces si se limitan a una ayuda puntual, la problemática de las españolas en el exterior ante la violencia de género y la violencia sexual fueron otros de los temas abordados.

Se analizó el protocolo del Consejo General de la Abogacía para apoyar a las mujeres que son víctimas de violencia en el extranjero. Y se señaló como una forma de maltrato el impago de alimentos poniendo tierra de por medio y evadirse del sometimiento de la ley en España.

Las mujeres españolas están sometidas a jurisdicción del país donde residen durante un periodo de tiempo que les impide tomar medidas como salir del país con sus hijos, porque pueden ser denunciadas por un delito de secuestro de menores. «Tienen que estar muy bien asesoradas y recibir apoyos», sentencia la catedrática leonesa. Una extensa sesión se dedicó a las repercusiones del teletrabajo en el extranjero o en España cuando se trata de empresas extranjeras. Nuevas soluciones y nuevos problemas.

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