El Tribunal Constitucional avala la ley que penaliza el acoso a las mujeres que abortan
El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado en una sentencia la ley que penaliza el acoso a las mujeres que acuden a las clínicas a interrumpir de forma voluntaria su embarazo. Por siete votos a cuatro el Pleno del TC ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad de Vox, que recurrió la norma que castiga dicho acoso con una pena de entre tres meses y un año de cárcel o trabajos en beneficio de la comunidad. El grupo parlamentario de Vox imputaba a la ley la lesión del principio de legalidad penal del artículo 25.1 de la Constitución española al entender que las previsiones del nuevo artículo introducido en el Código Penal no eran suficientemente taxativas y por tanto impedían identificar claramente a los destinatarios de la norma y las conductas penalmente perseguibles.
Además, los recurrentes consideraban que la tipificación de los comportamientos previstos en la norma impugnada supone una limitación de las libertades ideológica y de expresión y de los derechos de reunión y manifestación, a la igualdad y de libertad religiosa de quienes, contrarios a la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo, deciden expresar esa oposición públicamente.
También alegaban la vulneración del derecho a la intimidad de las víctimas del delito porque el apartado 5 del artículo 172 quater del Código Penal prevé la persecución pública del mismo.