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Límites a los menores en internet

El anteproyecto de ley para la protección de los menores en el mundo digital prevé cárcel para quien difunda imágenes pornográficas falsificadas El Gobierno subirá de 14 a 16 años la edad para darse de alta

Menores con el móvil en un parque.DL

Publicado por
Alfonso Torices
León

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El Gobierno impulsa una ley para la protección de los menores en el ámbito digital que, entre una amplia batería de medidas, subirá de 14 a 16 años la edad mínima para poder abrir una cuenta en una red social o suscribirse a cualquier plataforma. Los menores de 16 solo podrán hacerlo con la autorización explícita de sus padres o tutores.

Sería el efecto de la disposición contenida en el anteproyecto de ley que ayer aprobó el Consejo de Ministros, que indica que la edad mínima para dar el libre consentimiento al tratamiento de los datos personales por los operadores de contenidos de internet, sin el cual es imposible darse de alta en una de estas plataformas, se eleva a los 16 años. Eso sí, esta limitación solo tendrá sentido si los poderes públicos son capaces de hacer cumplir otra de las obligaciones que le marca a los operadores de la red la futura norma, disponer de un sistema de verificación de edad realmente efectivo para el acceso, nada parecido al coladero actual. El anteproyecto tendrá que ser informado por los órganos consultivos antes de llegar al Parlamento para a su tramitación y aprobación.

Un derecho de todos

Estos son alguno de los cambios y disposiciones. Un derecho de todos incluye al uso y disfrute seguro del entorno digital como un derecho. Los menores «tienen derecho a ser protegidos eficazmente ante contenidos digitales que puedan perjudicar su desarrollo» y «a recibir información suficiente y necesaria en un lenguaje apropiado a su edad sobre el uso de las tecnologías, así como de sus derechos y de los riesgos».

pediatra, a la caza de adicciones

Los pediatras y enfermeras deberán incorporar a sus test habituales preguntas que permitan identificar de forma precoz el uso problemático o la adicción a pantallas e internet, para proporcionar a los adolescentes ayuda especializada en los centros específicos que deben crearse.

Pena de alejamiento

Introduce en el Código Penal la pena de alejamiento digital. Es el equivalente virtual de la prohibición de comunicación o del alejamiento físico de las víctimas. Es la prohibición de acceso o de comunicación a través de redes sociales, foros o plataformas durante un tiempo determinado. Esta pensada para proteger a las víctimas del maltrato familiar, el ciberacoso, la violencia de género o las agresiones sexuales.

Cárcel para «ultrafalsificadores»

Se crea un nuevo delito para castigar con entre uno y dos años de cárcel la manipulación de imágenes o de voces de terceros mediante inteligencia artificial, difundidas por internet sin su permiso y con contenido pornográfico o vejatorio. Si la difusión es masiva, la pena será de dos años.

Identidad virtual falsa, agravante

El uso de identidades ficticias en internet, incluidos edades o sexo falsos, para facilitar la comisión de delitos por los pederastas (el ‘grooming’) pasará a ser una circunstancia agravante y hará que la pena correspondiente se ponga en su mitad superior. También se tipifican como delito varios tipos de difusión de material pornográfico a menores.

Retirada urgente de contenidos

Extiende los procedimientos legales y de actuación rápida para la retirada de contenidos audiovisuales piratas de páginas web o de intercambio, o incluso para su cierre, a las que puedan vulnerar los derechos de la infancia.

Control parental gratuito

Todos los móviles, tabletas u ordenadores que se vendan en España estarán obligados a incluir un sistema de control parental eficaz y gratuito para que los padres puedan proteger a los menores de los riesgos del manejo de estos dispositivos y de la navegación por internet. Los fabricantes y proveedores tendrán que ofrecer la activación del sistema por defecto en el proceso de configuración inicial del dispositivo, como ocurre por ejemplo con la elección de idiomas.

Avisos y verificación de edad

El dispositivo de control parental formará un triángulo protector con el deber de los proveedores de utilizar un sistema «eficaz» de verificación de edad para dar acceso a contenidos de adultos (pornografía, apuestas, violencia) y con su obligación de etiquetar con información clara los contenidos inapropiados para menores así como los potenciales riesgos de sus productos y funciones.

Alfabetización digital

Una de las medidas básicas será un programa de alfabetización digital, que se impartirá de Primaria a Bachillerato, para dar a los menores herramientas de protección ante riesgos y de detección de fake news . Los ‘influencers’ deberán avisar de forma inequívoca si van a emitir contenidos perjudiciales para el desarrollo físico, moral o mental de los menores.

Cajas botín

Los menores tendrán prohibido el acceso a ‘cajas botín’ de videojuegos.

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