Las familias monoparentales pueden coger 26 semanas de maternidad
El Tribunal Supremo avala la ampliación del permiso para los funcionarios
El Tribunal Supremo ha tomado esta semana una decisión que será trascendental para de miles de familias monoparentales de este país encabezadas por un funcionario. El alto tribunal ha concluido que la madre o padre únicos que encabezan estos hogares, en contra de lo que en la actualidad dictaminan las administraciones públicas, tiene derecho a sumar el permiso de paternidad que la ley española concede cuando existen dos progenitores. En el caso de estas monoparentales, aclaran los magistrados, la licencia deberá fijarse en un tope de 26 semanas, las 32 autorizadas por el Estatuto Básico del Empleado Público a ambos progenitores menos las seis iniciales que la norma obliga el segundo miembro de la pareja a coger al mismo tiempo que a la madre o que al otro cónyuge.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo dicta esta sentencia para resolver el recurso concreto de una profesora y madre sola de Valladolid, pero al tiempo usa su impugnación particular para fijar doctrina, de obligado cumplimiento a partir de ahora en el caso de los funcionarios para todos los juzgados y administraciones, en un asunto muy controvertido, en el que los diferentes tribunales superiores españoles han resuelto con decisiones y criterios dispares y en muchos casos contradictorios.
La nueva doctrina, en principio, no afectaría al resto de asalariados no públicos, ya que lo que resuelve el fallo es un debate jurídico sobre el derecho contenido en el artículo 49 del Estatuto Básico del Empleado Público, que regula estos permisos, y por eso dicta la resolución la sala de lo contencioso. El criterio que beneficiase en similar sentido al resto de progenitores que trabajan en empresas privadas es competencia de la Sala de lo Social del alto tribunal, que hasta ahora se ha negado a permitir esta suma de permisos para las monoparentales por considerar que ello requiere de una decisión explícita en tal sentido del legislador con la correspondiente reforma legal.
En esencia, los miembros de la Sección Cuarta, en una sentencia que tiene a la magistrada Pilar Teso como ponente, indican que todo cabeza de familia monoparental que trabaje para las administraciones tiene derecho a cogerse 26 semanas de permiso de paternidad porque, de no permitirle hacerlo así, como hasta ahora ocurría, estaría ignorando el interés superior del menor y estaría discriminando al recién nacido solo por el tipo de familia al que pertenece, ambas violaciones de derechos que prohíbe la Constitución. La resolución va incluso más lejos de los planes que para los permisos monoparentales generales tienen en su acuerdo de legislatura los actuales socios del Gobierno. El Ejecutivo pretende ampliar su duración de 16 a 20 semanas para cada uno de los progenitores a través de enmiendas a su Ley de Familias pero la futura norma no prevé permitir la suma de licencias a los hogares monoparentales, sean de funcionarios o no. La sala, con su fallo, estima los argumentos y el recurso de amparo interpuesto por una profesora contra la resolución de la Dirección Provincial de Educación de Valladolid que en 2020 rechazó su solicitud para ampliar el permiso de maternidad de 16 a 24 semanas por ser familia monoparental. La resolución del alto tribunal se ha hecho necesaria porque aunque un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la capital castellano y leonesa dio la razón a la madre, al entender que aplicar la normativa a un único modelo de familia biparental era discriminatorio, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anuló la sentencia de instancia.