Diario de León

Anulan la condena de un maltratador al no darle la última palabra del juicio

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Alfonso Torices - madrid
León

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El Tribunal Supremo anuló ayer la condena a más de nueve años de prisión que en 2002 la Audiencia de Cádiz impuso a un maltratador doméstico, por considerar que el tribunal violó su derecho de defensa al no concederle la última palabra en el juicio. La sentencia del Tribunal Supremo obliga a repetir el juicio contra el agresor y dice que el proceso tendrá que ser realizado por un tribunal distinto al de la Sección Primera, por haber quedado contaminado por este episodio y no poder garantizarse su objetividad. No obstante, la anulación del fallo no tiene porque significar la puesta en libertad del acusado, pues antes de celebrarse el juicio estaba en prisión preventiva, situación que podría mantenerse hasta la nueva vista que aún no tiene definida la fecha. José Ignacio Botella López, un vecino de Puerto de Santa María, fue condenado a nueve años y seis meses de prisión por la comisión de cinco delitos - violencia doméstica, lesiones, agresión sexual, contra la integridad moral y amenazas-, de los que fue víctima su compañera sentimental. En el juicio quedó probado que el agresor, en abril de 2001, golpeó reiteradamente a su mujer, le hizo cortes en las manos y los brazos con cuchillos, la sometió a vejaciones sexuales, y la amenazó de muerte, además de perseguirla en el hospital en el que estaba ingresada mientras era sometida a intervenciones quirúrgicas y a curas para recuperarse de las lesiones que le había producido. El Supremo, no obstante, aceptó el recurso interpuesto contra la sentencia porque indicó que la no concesión de la última palabra al acusado viola su derecho fundamental a la defensa y es causa de nulidad del proceso. Considera que «es precisamente la palabra utilizada en el momento final de las sesiones la que mejor expresa y garantiza el derecho de defensa, pues supone un resumen y compendio de todo lo sucedido en el debate público y contradictorio que constituye la esencia del juicio oral».

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