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Los agentes retirarán el carné a partir de febrero si se conduce sin las capacidades físicas adecuadas

Un conductor puede ir a la cárcel desde el jueves por ir borracho

En junio entrará en vigor la obligación de llevar chalecos reflectantes para bajar del vehículo y las sillas especiales para niños

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Paloma Abejón - madrid
León

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El año que comienza el jueves supondrá cambios importantes para los conductores. Por un lado, se ha modificado el reglamento de circulación y, por otro, el Gobierno ha puesto en marcha una serie de medidas tendentes a endurecer las penas para los conductores infractores con el fin de reducir la siniestralidad en las carreteras. Estos son algunos de los cambios previstos. Algunos entran en vigor el jueves, otros, dentro de un mes y alguno más de cara al verano. Teléfonos móviles y aparatos electrónicos. La nueva normativa prohíbe de manera expresa utilizar teléfonos móviles con cascos, auriculares o instrumentos similares y sólo permite su uso con sistemas sin manos. También prohíbe repostar combustible con la radio, el teléfono móvil o el alumbrado del vehículo encendidos. Queda prohibido el uso por el conductor de pantallas con acceso a internet, monitores de televisión, reproductores de vídeo o DVD. Será efectivo en un mes. Luces. Es obligatorio utilizar la luz de cruce siempre que se circule por carriles especiales (reversibles, de sentido contrario al habitual y adicional circunstancial). Los conductores que circulen en sentido normal también tendrán que encender la luz. La velocidad estará limitada a 80 kilómetros por hora. Entrará en vigor en un mes. Bicicletas. Los ciclistas tienen un mes para comprarse un casco protector homologado para circular por carretera. La prenda sólo se podrá quitar en rampas prolongadas, por razones médicas o en condiciones extremas de calor. Cuando sea necesario el uso del alumbrado, los ciclistas deberán vestir una prenda reflectante que les haga visibles a 150 metros. Además, las bicicletas podrán circular en columna de a dos, lo más a la derecha posible, sin mantener separación entre ellos, mientras que autovías solo podrán circular por el arcén, siempre que sean mayores de 14 años .Comienza a aplicarse en un mes. Chalecos reflectantes. Los automovilistas tienen de plazo hasta el verano para comprarse un chaleco refectante que les haga visibles si bajan del vehículo en carretera. Sillas para niños. Los padres o futuros padres tendrán también hasta el 23 de junio para adquirir sillas especiales homologadas para llevar a sus hijos sujetos en el coche. Están obligados a utilizarlas, siempre en las plazas traseras, todos los niños de hasta 12 años y con una altura inferior a 1,50 metros. Sanciones y cursos de reciclaje. Si un conductor es autor de tres infracciones muy graves en el es-pacio de dos años, se procederá a la revocación del carné de conducir. Si el conductor realiza un curso de reciclaje y reeducación, el permiso le será retirado sólo un año y podrá volver a conducir. Esta medida será efectiva desde el jueves 1 de enero. Penas de cárcel por conducir ebrio o bajo efectos de drogas. Por primera vez habrá penas de cárcel, de entre tres y seis meses, para aquellos conductores que circulen bajo los efectos del alcohol o las drogas, así como multa económica. Esta medida será efectiva desde el próximo jueves 1 de enero. Nueva asignatura de seguridad vial. El próximo curso escolar los niños de seis a doce años tendrán una nueva asignatura de seguridad vial. Los alumnos que aprueben dicha materia, que será impartida en la forma que las comunidades autónomas decidan debido a que en ellas residen las competencias sobre educación, podrán presentar ese certificado y obtener la licencia de conducir. Conductores nóveles. Dado que la mayoría de los accidentes graves que se producen tienen como protagonistas a jóvenes, se prevé que durante los dos años siguien-tes a la obtención del permiso de conducir si se cometen tres infracciones graves o dos muy graves se pueda revocar el carné. No podrán volver a conseguirlo hasta que pase un año de la resolución firme de revocación. Esta medida será efectiva desde el jueves. Conducir sin permiso. Las medidas aprobadas tienden a endurecer las sanciones en casos como estos. Desde el próximo jueves, la conducción sin la autorización necesaria lleva aparejada la imposibilidad de obtener el permiso durante un año. Conducir sin seguro. La modificación de la Ley de Seguridad Vial ha permitido destipificar la infracción penal definida por la falta de seguro de un vehículo, lo que agiliza la exigencia de responsabilidades por esta falta. Ahora, a quien conduzca sin seguro se le obligará a dejar el coche en depósito durante un mes a y pagar una multa (que oscilará entre los 1.000 y los 3.000 euros). Al finalizar el plazo de depósito el conductor debe demostrar que tiene seguro para recuperarlo. En caso de quebrantamiento del depósito éste se ampliará a un año. Intervención inmediata del carné. El Congreso ha aprobado una enmienda a la ley de acompañamiento por la que se reforma la ley de Tráfico para que los agentes de la autoridad puedan intervenir el carné in situ a los conductores que presenten síntomas evidentes de no estar en las condiciones físicas necesarias para circular. Aunque esta decisión despertó gran polémica, porque la redacción de la enmienda era muy confusa, se trata de impedir que personas escayoladas o con visión mermada pueda conducir. «El principal escollo para la implantación del carné por puntos serán los profesionales» Carlos Muñoz Repiso Director General del Tráfico

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