La Fiscalía General aclara que basta con que el agresor cree un «clima de terror» para actuar
Cardenal ordena mano dura a los fiscales contra los maltratadores
El Ministerio Público insiste en que hay que aplicar todo tipo de medidas cautelares de oficio
El fiscal general del Estado dio durante los últimos días instrucciones taxativas a los fiscales de toda España para que actúen sin contemplaciones contra los supuestos maltratadores familiares. Jesús Cardenal, en dos circulares diferentes fechadas el 18 y el 30 de diciembre, recuerda a los representantes del Ministerio Público que las nuevas leyes sobre los juicios rápidos, sobre la libertad provisional y sobre medidas concretas de seguridad ciudadana y violencia doméstica, dejan un amplio margen a los fiscales para perseguir los agresores, tales como mantener los cargos pese a que se haya retirado la denuncia o pedir a los jueces que impongan de oficio medidas cautelares a los violentos. Por todo ello, anima a sus subordinados a acelerar las órdenes de protección de los maltratados y a no dudar en obrar con dureza en cuanto se demuestre que las víctimas viven en una «situación de riesgo» porque «no cabe el perdón» en este tipo de delitos que ya no se consideran de la esfera privada. En la circular 4/2003, denominada Nuevos instrumentos jurídicos en la persecución de la violencia doméstica , la Fiscalía General del Estado aclara que los nuevos artículos del Código Penal terminan con las tradicionales limitaciones para considerar la «habitualidad» en los malos tratos a la hora de decretar medidas cautelares o actuar contra los supuestos agresores. Sin comprobación Así, Cardenal explica que ya no hace falta «requerir la probanza de la comisión de cuatro hechos delictivos en el lapso temporal de un año» como hasta ahora, sino que la existencia de violencia doméstica frecuente podrá ser determinada por criterios más subjetivos y amplios. Según la Fiscalía, bastará con que el representante del Ministerio Público aprecie la existencia de un «clima de terror» en el núcleo familiar para actuar contra el maltratador. La restringida habitualidad de otros tipos delictivos -precisó Jesús Cardenal- no será aplicable en los casos de violencia doméstica, para los que servirá únicamente con constatar que existe un «ataque contra la paz familiar creando una situación de dominación y terror». Además, en este misma línea de endurecer el trato a los agresores familiares, el Ministerio Fiscal sostiene que es posible acusar a los presuntos maltratadores de un delito de violencia familiar agravado por el concurso de otros tipos delictivos, que las agresiones se produzcan con un allanamiento de morada o al mismo tiempo que un delito de tenencia ilícita de armas.