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España aprueba una norma para reducir la emisión de gases

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europa press | madrid

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El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto por el que se establecen nuevas normas sobre limitación de emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión, y que se estima que conseguirán «importantes reducciones de dichas emisiones». Asimismo, fijan ciertas condiciones para el control de agentes a la atmósfera de las refinerías de petróleo. Tras la aprobación del Real Decreto será preciso elaborar un Plan Nacional de Reducción de Emisiones para las instalaciones de combustión existentes (autorizadas con anterioridad a julio de 1987), aplicable a las mismas a partir del 1 de enero del año 2008. Reducir la contaminación Con este Plan se van a lograr «reducciones significativas de las emisiones de dióxido de azufre, de óxidos de nitrógeno y de partículas, procedentes de grandes instalaciones de combustión, con potencia térmica igual o superior a 50 Mw». Las instalaciones más afectadas serán las del sector de generación eléctrica y, en menor medida, las del sector de refino de petróleo y grandes instalaciones de combustión del resto de los sectores industriales. La nueva normativa establece límites de emisión, individualmente para cada nueva instalación de combustión que se autorice a partir de la entrada en vigor del Real Decreto, y regula las turbinas de gas (centrales de ciclo combinado) y la inclusión de la biomasa entre los combustibles regulados. Asimismo, el Real Decreto fija nuevas condiciones a las emisiones a la atmósfera procedentes de ciertas instalaciones del sector de refino de petróleo, modificando el Decreto de 1975 (al haber quedado obsoleto), tanto por la transformación de las instalaciones de las refinerías de petróleo para cumplir con las nuevas exigencias de calidad de los productos petrolíferos, como para acomodarse a la legislación europea para ese tipo de instalaciones. Protección de zonas húmedas El Consejo de Ministros también aprobó ayer un Real Decreto que regula la elaboración y mantenimiento actualizado del Inventario Nacional de Zonas Húmedas. Este inventario proporcionará información sobre el tipo, extensión y estado de conservación de cada humedal con el fin de conocer su evolución y, en su caso, indicar medidas de protección que deben recoger los planes hidrológicos de cuenca. Desde el punto de vista normativo, se desarrolla lo previsto en la Ley de 1989 de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres con el fin de conservar.

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