Diario de León

Los conductores de coches podrán pilotar motos de 125 centímetros cúbicos desde hoy

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Los españoles con licencia para conducir automóviles de turismo podrán pilotar motocicletas de 125 centímetros cúbicos a partir de hoy, día de entrada en vigor del Reglamento General de Conductores. La conducción de motos ligeras de hasta 125 centímetros cúbicos, una vieja reivindicación del sector de las dos ruedas, estaba limitada hasta este momento a los poseedores de la licencia A2 tras superar un examen que habilita para éste y cubicajes superiores. Con la modificación del Reglamento de Conductores, los conductores con la licencia B1 que les habilita para los turismos podrán conducir este tipo de motocicletas siempre y cuando estén en posesión del carné con una antigüedad superior a los tres años. Otros requisitos impuestos por la nueva norma se refieren a la potencia del vehículo, que no ha de ser superior a los 11 kilovatios, al tiempo que la relación entre peso y potencia no debe estar por encima de los 0,11 kilovatios por kilogramo. Con esta medida se trata de mejorar la fluidez de la circulación en los núcleos urbanos y de reducir en general el consumo de combustible.

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