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En un informe muy crítico asegura que el Gobierno quiere instaurar un matrimonio a prueba

El poder judicial califica de aberración suprimir las causas del divorcio

Advierte de que el Ejecutivo creará el repudio, figura que sólo existe en la tradición islámica

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agencias | madrid
León

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La Comisión de Estudios del Consejo General del Poder Judi-cial (CGPJ) aprobó ayer, con los tres votos a favor de los vocales de la mayoría conservadora y el rechazo de los dos progresistas, un informe muy crítico con la reforma del divorcio propuesta por el Gobierno, ya que califica de «aberración jurídica» que la norma no exija causas para obtener la separación matrimonial. Además, destacan que el plazo de tres meses de matrimonio exigido para plantear el divorcio unilateral es el más bajo de Europa. No obstante, a pesar de las feroces críticas, respaldan el anteproyecto del Gobierno. Los dos jueces progresistas, por contra, apoyan el divorcio sin necesidad de alegar causa alguna, un aspecto que, de hecho, es una de las piezas claves de la nueva ley que propugna el Gobierno socialista. Para la mayoría conservadora, sin embargo, el anteproyecto parece que quiere instaurar «una especie de matrimonio a prueba», ya que si se suprimen las causas de separación «se crearía una figura que sólo existe en la tradición musulmana: el repudio». La mayoría conservadora también discrepa sobre la regulación unitaria que prevé la reforma, por primera vez en España, del divorcio y la sepa-ración matrimonial, «olvidando que su naturaleza y efectos son muy distintos, por lo que es incorrecta la aplicación de un mismo régimen en cuanto a la forma de obtener una y otro». «Dos figuras jurídicas distin-tas no pueden tener el mismo régimen legal, salvo que se confundan, como parece hacer el anteproyecto de ley que aquí se informa», dice el dictamen. El estudio realiza una comparación con las legislaciones de divorcio y separación en 21 países europeos y concluye que el divorcio unilateral sin causa, como el que propone el Gobierno, «es realmente excepcional y aceptado sólo en Finlandia y Suecia, más alejados de nuestra tradición jurídica». Destacan además que el plazo de tres meses «va más allá» que el establecido en esos dos países, que es de seis meses. El nuevo dictamen propone que el requisito de los tres meses, más que exigirse como plazo previo a la posibilidad de demandar, se establezca como tiempo necesario entre la formulación de la pretensión y una posterior reiteración de la misma. Mujeres separadas Los jueces sostienen que han hecho propias muchas de la consideraciones a la reforma formuladas por la Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas. Así, señala que el proyecto incurre en el equívoco de descalificar las causas de separación vigentes actualmente. Para el Consejo , «el mantenimiento de estas causas jurídicas legitimadoras de la separación es enteramente imprescindible, con el fin de que el juez pueda cumplir una normativa tan clara e inatacable como la prioridad del interés de los hijos en atención a salvaguardar la integridad psicofísica de los mismos». El informe insiste en que en materia jurídica no se concibe un contrato sin causa. «Así como sería una aberración jurídica la cancelación unilateral de un contrato, también lo es un divorcio sin causas justificadas ».

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