Otro juez dice que un joven golpeó a su novia en la cara «de broma»
Rebajan la pena a un maltratador porque agredió en la portería
Miles de personas se manifiestan en Utrera y Madrid para condenar la violencia de género
La Audiencia de Barcelona dictó ayer una polémica sentencia por la que ha rebajado la pena impuesta por un juez de la ciudad a un maltratador porque agredió a su esposa en la portería del domicilio conyugal y no en el interior del hogar. No obstante, el tribunal no ha tenido en cuenta que la agresión fue presenciada por el hijo de ambos, menor de edad, lo que debía haber aumentado la condena. La Sección Décima del tribunal provincial ha rebajado de nueve a seis meses de cárcel la condena al acusado, Francisco Javier Comellas Rebuel, al retirar, en contra del criterio del Juzgado de lo Penal número 2 de Barcelona, la agravante por el lugar en el que se cometieron los hechos, ya que la Audiencia entiende que la «portería del domicilio familiar» no es la «vivienda misma». A la hora de analizar el polémico asunto del lugar en el que se cometió el delito, la Audiencia afirma que aunque en el artículo del Código Penal que contempla que se aplique esta «modalidad agravada» no se especifica «definición auténtica de domicilio», el tribunal toma como referencia «la unidad física» de la que habla este artículo y el contenido del Código Civil, que «lo equipara a residencia habitual». Con estos criterios, la sentencia señala que «deberá entenderse como domicilio aquel espacio físico cerrado a terceros en el que una persona desarrolla su intimidad personal o familiar». No obstante, fuentes judiciales explicaron que «resulta aún más sorprendente que el tribunal no haya tenido en cuenta que la agresión fue presenciada por el hijo de ambos». En la calle En otra polémica sentencia, la Audiencia de Barcelona ha absuelto a un hombre que había sido condenado por maltratar a su pareja porque el acusado golpeó en la cara «sin querer» y durante «una broma» a su pareja, y no con el propósito de hacerle daño como señala la sentencia. Mohamed A. fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 14 de Barcelona por un delito de violencia doméstica a la pena de 31 días de beneficios a la comunidad, privación del derecho a la tenencia de armas durante un año y a indemnizar con 60 euros a su compañera sentimental, Aouatef A. Mientras, unas 5.000 personas se manifestaron ayer en Utrera (Sevilla) para condenar la muerte el domingo de la joven María Angeles G.B., de 18 años, supuestamente apuñalada por su compañero y padre de sus tres hijos, Andrés R.R., de 26 años, que ingresó ayer por la tarde en prisión. En Madrid, la familia de los dos menores gitanos y su bebé asesinados en la casa en la que vivían encabezaron otra manifestación de protesta contra la violencia. Por el momento, la policía no ha detenido a ningún sospechoso.