Vender cigarrillos a menores, la publicidad o permitir fumar en lugares públicos, los más grave
Sanidad prevé multas de un millón de euros por infringir la ley antitabaco
La OMS anuncia que el tratado internacional contra el cigarro entrará en vigor en tres meses
El anteproyecto de Ley de Prevención del Tabaquismo prevé multas de hasta un millón de euros para la infracciones muy graves, según recoge el texto elaborado por el Ministerio de Sanidad y Consumo. Las bases de la futura ley antitabaco fue enviada este miércoles por el departamento dirigido por Elena Salgado a todos los ministerios, a las 17 comunidades autónomas, al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS) y a los sectores interesados en el tema, para que presenten sus sugerencias y alegaciones. Según el anteproyecto de ley, las infracciones muy graves serán sancionadas con entre 10.001 y 1.000.000 de euros. Entre ellas aparecen tipificadas la venta de tabaco a menores; permitir que éstos utilicen las máquinas expendedoras de cigarrillos; la comercialización de bienes o servicios utilizando nombres, marcas, símbolos u otros signos distintivos ya utilizados para un producto del tabaco; la publicidad, promoción y patrocinio de los productos del tabaco en todos los medios. Las infracciones graves estarán penadas con sanciones de 601 hasta 10.000 euros. Como tales están consideradas permitir fumar en centros o lugares en los que exista prohibición de fumar o fuera de las zonas habilitadas; la venta o entrega a menores de 18 años de productos que imiten tabaco o induzcan a fumar; la venta y suministro de cigarrillos en unidades de empaquetamiento de menos de 20 unidades; la comercialización de productos de tabaco con descuento; o la instalación de máquinas expendedoras en el exterior de los locales o en su entrada. Las infracciones leves llevarán aparejadas multas de hasta 600 euros. Entre ellas destacan el no disponer o no exponer en los establecimientos autorizados los carteles que informen de la prohibición de venta de tabaco a los menores de 18 años y adviertan sobre los perjuicios para la salud; no disponer las máquinas expendedoras de la advertencia sanitaria o no cumplir con las características legalmente preceptivas; no informar en la entrada de la prohibición o no de fumar, así como de la existencia de zonas habilitadas para fumadores y no fumadores; o no señalizar debidamente las zonas habilitadas para fumar o no reunir éstas los requisitos de localización, separación de otras zonas, ventilación y superficie legalmente exigidas. Tratado antitabaco Un tratado internacional destinado a restringir la venta y publicidad del tabaco entrará en vigor dentro de tres meses, cuando Perú se convierta en el 40 país en firmarlo, según anunció la OMS en Ginebra. Perú será el 40 país en ratificar ese texto, que fue adoptado en 2003 por 192 países miembros de la OMS después de tres años de duras negociaciones. Esta convención rige la publicidad y prevé medidas para limitar el uso del tabaco en lugares públicos.